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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (19/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de octubre de 2022 El Peruano / IVAN MIKAEL CACERES VIGO Consejero DelegadoPresidente del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL POR TANTOMando se publique y cumpla.Dado en Cajamarca, en la sede del Gobierno Regional, a los 31 días del mes de agosto del año del 2022. MESIAS ANTONIO GUEVARA AMASIFUEN Gobernador del Gobierno Regional de Cajamarca 2116880-5 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la Republica RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 000314-2022-GR.LAMB/GR [4145415 - 134] Chiclayo, 10 de agosto de 2022VISTO:El ofi cio Nº 00966- 2022-CG/OC0633 [4235053-18] de fecha 27 de junio de 2022; el informe técnico N° 000266-2022-GR. LAMB/GERESA-OFPE-CJRB [4235053 - 19] de fecha 30 de junio de 2022; el informe técnico N° 000271-2022-GR.LAMB/GERESA-OFPE-CJRB [4145415 - 113] de fecha 01 de julio de 2022; el o fi cio N° 002142-2022- GR.LAMB/GERESA-L [4145415 - 114] de fecha 01 de julio de 2022; el informe N° 000292-2022-GR.LAMB/ORPP-OFPR [4145415 - 121] de fecha 12 de julio de 2022; el ofi cio N° 001850-2022-GR.LAMB/ORPP [4145415 - 123] de fecha 19 de julio de 2022; el o fi cio N° 000405-2022- GR.LAMB/ORPMI [4145415 - 128] de fecha 26 de julio de 2022; el informe técnico N° 000322-2022-GR.LAMB/GERESA-OFPE-CJRB [4145415 - 130] de fecha 01 de agosto de 2022; el informe técnico N° 000178-2022-GR.LAMB/GERESA-OFPE [4145415 - 131] de fecha 02 de agosto de 2022; el o fi cio N° 002508-2022-GR.LAMB/ GERESA-L [4145415 - 132] de fecha 02 de agosto de 2022; el INFORME LEGAL N° 000351-2022-GR.LAMB/ORAJ [4145415 - 133] de fecha 05 de agosto de 2022; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú señala que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en consonancia, con los artículos 188° y 191° de la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° señala que “ la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en a fi anzar en las poblaciones e instituciones, la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas ”; Que, la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales quienes tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que: “(...) Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidas ”; Que, mediante o fi cio Nº 00966- 2022-CG/OC0633 de fecha 27 de junio de 2022, el Jefe del Órgano de Control Institucional de la Gerencia Regional de Salud Lambayeque comunicó al Gerente Regional de Salud – Lambayeque que se ha dispuesto la realización de un Servicio de Control Simultáneo, en la modalidad de Control Concurrente a la IOARR “CONSTRUCCIÓN DE MÓDULOS DE ATENCIÓN TEMPORAL; ADQUISICIÓN DE EQUIPOS BIOMÉDICOS; EN CINCO ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.4, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.3 A NIVEL DEPARTAMENTAL (LAMBAYEQUE) POR S/ 11 393 035,36”; habiéndose designado para tal efecto a los señores Miguel Alexander Estrella Gil y Alejandro Calle Mendoza, supervisor y jefe de la Comisión de Control, respectivamente acreditados; Que, mediante informe técnico N° 000266-2022-GR. LAMB/GERESA-OFPE-CJRB de fecha 30 de junio de 2022, la O fi cina de Planeamiento Estratégico – Salud Lambayeque precisó que para el cálculo del monto de Control Concurrente se utilizó la Directiva N° 008-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, la misma que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución aprobada con RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 013-2022-CG; Que, a través del informe técnico N° 000271-2022- GR.LAMB/GERESA-OFPE-CJRB de fecha 01 de julio de 2022, la O fi cina de Planeamiento Estratégico – Salud Lambayeque manifestó que se requiere habilitar presupuestalmente en la categoría presupuestal 9002 a la Meta 188, en el Clasi fi cador 2.4.2.3.1.1., debido a lo siguiente: “La propuesta de Modi fi cación presupuestar para habilita IOARR “CONSTRUCCION DE MODULO DE ATENCION TEMPORAL; ADQUISICION DE EQUIPOS BIOMEDICOS; EN CINCO ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.2, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.3 A NIVEL DEPARTAMENTAL (LAMBAYEQUE)”, CUI 2546446, el cual cuenta con dé fi cit presupuestal puesto que de acuerdo al INFORME TECNICO 000266-2022-GR.LAMB/GERESA-OFPE-CJRB [4235053 - 19], el responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones informo que tomo acciones para asignar la partida de Control Concurrente por un monto de S/. 227,449.14 Soles (Doscientos veinte siete mil cuatrocientos cuarenta y nueve con 14/100 soles) al Formato 8C del IOARR “CONSTRUCCION DE MODULO DE ATENCION TEMPORAL; ADQUISICION DE EQUIPOS BIOMEDICOS; EN CINCO ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.2, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.3 A NIVEL DEPARTAMENTAL (LAMBAYEQUE)”, CUI 2546446, que fue aprobado por un monto de S/. 11,393,035.36 soles, generando un COSTO TOTAL ACTUALIZADO de S/. 11,620,484.50 Soles y solo se cuenta con un PIM de S/. 11,393,035.36 soles (Once Millones Trescientos noventa y tres mil treinta y cinco con 36/100 soles), que fue aprobado con el Expediente técnico mediante