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8 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de octubre de 2022 El Peruano / CUL TURA Autorizan a la viceministra del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales para que adopte medidas y acciones inmediatas en el Complejo Arqueológico de Kuélap RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000335-2022-DM/MC San Borja, 17 de octubre de 2022VISTOS; el Memorando N° 000505-2022-SG/MC de la Secretaría General, la Hoja de Elevación N° 00000564-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias, de fi ne como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano, material o inmaterial, que por su importancia, valor y signi fi cado arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, cientí fi co, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo; Que, asimismo, el artículo IV del Título Preliminar de la citada ley, dispone que es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias, prescribe que, los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen especí fi co regulado en la mencionada Ley; Que, conforme a lo previsto en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante la Resolución Directoral Nacional N° 694-2007/INC, el Complejo Arqueológico de Kuélap fue declarado Zona Arqueológica Monumental, estando inscrita en la lista tentativa de la UNESCO para ser declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad; Que, en el marco de lo establecido en el literal a) del artículo 14 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, mediante Resolución Viceministerial N° 000040-2022-VMPCIC/MC, declara en emergencia el “Complejo Arqueológico de Kuélap”, ubicado en la provincia de Luya, departamento de Amazonas; Que, por otro lado, el numeral 11.6 del artículo 11 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2014-MC, de fi ne a las acciones arqueológicas de emergencia como aquellas tareas de carácter excepcional y urgente destinadas a impedir la destrucción o afectación del Patrimonio Cultural de la Nación y a conservar o recuperar el mismo, asimismo, contiene las disposiciones aplicables a tal efecto; Que, asimismo, conforme lo prevé los numerales 9.1, 9.3 y 9.4 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales formular, coordinar, ejecutar, y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional; coordinar, orientar y supervisar las actividades funcionales que cumplen los órganos que están a su cargo y demás entidades del sector cultura que se encuentran vinculados a las áreas de su competencia; coordinar, orientar y supervisar la gestión, defensa, declaración protección, investigación y promoción de los bienes de patrimonio cultural y paleontológico a cargo del Estado; Que, mediante el Memorando N° 000505-2022-SG/ MC, se dispone la elaboración del proyecto de Resolución Ministerial autorizando a la viceministra del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales que adopte las medidas y acciones inmediatas en el Complejo Arqueológico de Kuélap, conforme a lo siguiente: “a) Aprobar un plan de acción inmediato para la atención y priorización de la emergencia en el Complejo Arqueológico de Kuélap, ubicado en la provincia de Luya, departamento de Amazonas. b) Conducir la formulación, ejecución y supervisión de las medidas y acciones inmediatas conducentes a la preservación y conservación del Complejo Arqueológico de Kuélap. c) Coordinar con los órganos y entidades públicas que correspondan, la ejecución de medidas y acciones inmediatas conducentes a la preservación y conservación del Complejo Arqueológico de Kuélap, así como las medidas y acciones de respuesta y rehabilitación que correspondan. d) Revisar la documentación histórica formulada por las áreas técnicas, correspondiente al estado situacional de la preservación y conservación del Complejo Arqueológico de Kuélap, para la adopción de medidas correctivas que correspondan. e) Disponer las medidas y acciones inmediatas adicionales necesarias que coadyuven a la preservación y conservación del Complejo Arqueológico de Kuélap.” Así mismo precisa que, se ejecutará en el plazo de ciento ochenta días (180) días calendario, vencido el plazo, la viceministra del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, dispone de quince (15) días calendario adicionales, para presentar el informe fi nal ante el Despacho Ministerial. Que, con Hoja de Elevación N° 00000564-2022- OGAJ/MC, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente que autorice la adopción de las “Medidas y Acciones Inmediatas en el Complejo Arqueológico de Kuélap”; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006- ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización a la viceministra del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales para que adopte las medidas y acciones inmediatas en el Complejo Arqueológico de Kuélap Autorízase a la viceministra del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales para que adopte las medidas y acciones inmediatas en el Complejo Arqueológico de Kuélap. Artículo 2.- Aprobación de las medidas y acciones inmediatas en el Complejo Arqueológico de Kuélap Apruébanse las medidas y acciones inmediatas en el Complejo Arqueológico de Kuélap, a cargo de la