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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (19/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de octubre de 2022 El Peruano / INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Modifican Índice Unificado de Mano de Obra para las seis áreas geográficas, de los meses de junio, julio, agosto y setiembre de 2022 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 208-2022-INEI Lima, 18 de octubre de 2022Visto el O fi cio N° 000556-2022-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 137, 152, 161, 171, 183, 188 y 204-2022-INEI se aprobaron los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción para las seis áreas geográ fi cas correspondientes a los meses de junio, julio, agosto y setiembre de 2022; Que, con fecha 15 de octubre de 2022 se publicó en el Diario O fi cial El Peruano la Resolución Ministerial Nº 275-2022-TR, de 13 de octubre de 2022, que resuelve publicar el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2022- 2023”, suscrito en trato directo el 27 de septiembre de 2022, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP), Que, en la Cláusula Primera de la Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2022-2023, se acordó que, a partir del 1 de junio de 2022 los trabajadores de Construcción Civil a nivel nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario; Que, con documento del Visto la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicita modi fi car el Índice Unifi cado de Mano de Obra Código 47 de los meses de junio, julio, agosto y setiembre 2022, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2022-2023, según expediente Nº 077-2022-MTPE/2/14-NC, suscrito entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil y la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car el Índice Unifi cado de Mano de Obra de los meses de junio, julio, agosto y setiembre de 2022, para las seis áreas geográ fi cas; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Índice Uni fi cado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográ fi cas, de los meses de junio, julio, agosto y setiembre de 2022, en la forma siguiente: CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA AÑO 2022 ÍNDICES MES ANTERIOR MODIFICADO JUNIO JULIO650,44 650,44702,10 702,10 AGOSTO 650,44 702,10 SETIEMBRE 650,44 702,10Artículo 2.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes desde junio, julio, agosto y setiembre de 2022, deberán utilizar para la fi jación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales N°s. 137, 152, 161, 171, 183, 188 y 204-2022-INEI, que aprobaron los Índices Uni fi cados correspondientes a dichos meses. Regístrese y comuníquese.DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 2116696-1 Modifican Factores de Reajuste aplicables a Obras de Edificación, correspondientes a las seis áreas geográficas para las Obras del Sector Privado por variación en el costo de dichas obras, ejecutadas en los meses de junio, julio y agosto de 2022 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 209-2022-INEI Lima, 18 de octubre de 2022Visto el O fi cio N° 000556-2022-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 153, 172 y 189-2022-INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edi fi cación, correspondientes a las seis (06) áreas geográ fi cas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en los meses de junio, julio y agosto del presente año; Que, con fecha 15 de octubre de 2022 se publicó en el Diario O fi cial El Peruano la Resolución Ministerial Nº 275-2022-TR, de 13 de octubre de 2022, que resuelve publicar el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2022- 2023”, suscrito en trato directo el 27 de septiembre de 2022, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP); Que, en la Cláusula Primea de la Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2022-2023, se acordó que, a partir del 1 de junio de 2022 los trabajadores de Construcción Civil a nivel nacional, recibirán un aumento general sobre su jornal básico diario; Que, con documento del Visto la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicita modi fi car los Factores de Reajuste, de los meses de junio, julio y agosto 2022, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2022-2023, según expediente Nº 077-2022-MTPE/2/14-NC, suscrito entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil y la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO; Que, en ese sentido, resulta pertinente modi fi car los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edi fi cación para las seis (06) áreas geográ fi cas correspondientes al mes de junio, julio y agosto de 2022, aprobadas mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs. 153, 172 y 189-2022-INEI; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.