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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (19/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de octubre de 2022 El Peruano / Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2022, según el siguiente detalle: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos UNIDAD EJECUTORA : 001 Ministerio de Justicia - O fi cina General de Administración ACTIVIDAD : 5000003. GESTION ADMINISTRATIVA FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios En Soles Categoría de Gasto GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 1 283 602,78 TOTAL TRANSFERENCIA FINANCIERA S/ 1 283 602,78 Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Noti fi cación Copia de la presente Resolución se remite a la Ofi cina General de Administración y a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para que realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus). Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2116803-1 PRODUCE Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas en su versión 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 014-2022-INACAL/DN Lima, 12 de octubre de 2022VISTO: El Informe N° 006-2022-INACAL/DN.PA CONSIDERANDO:Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2022, a través del Informe N° 001-2022-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 14 de enero de 2022, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 26 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Acústica y medición de ruido ambiental, b) Cereales y productos derivados, c) Cuero, calzado y derivados, d) Gestión ambiental, e) Seguridad eléctrica, f) Uso racional de energía y e fi ciencia energética; corresponde aprobarlas en su versión 2022 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2022: NTP-ISO 34-1:2017 (revisada el 2022) Caucho, vulcanizado o termoplástico. Determinación de la resistencia al desgarro. Parte 1: Probetas tipo pantalón, angular y de media luna. 3ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 34-1:2017 NTP-ISO 17695:2017 (revisada el 2022) Calzado. Métodos de ensayo para empeines. Deformabilidad. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 17695:2017 NTP-ISO 19958:2017 (revisada el 2022) Calzado. Métodos de ensayo para tacos y tapillas. Fuerza de retención de la tapilla. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 19958:2017 NTP-ISO 20877:2017 (revisada el 2022) Calzado. Métodos de ensayo para calzado completo. Aislamiento térmico. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 20877:2017 NTP-ISO 2419:2016 (revisada el 2022) Cuero. Ensayos físicos y mecánicos. Preparación y acondicionamiento de muestras. 3ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 2419:2016 NTP-ISO 2588:2016 (revisada el 2022) Cuero. Muestreo. Número de elementos de la muestra global. 3ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 2588:2016