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38 NORMAS LEGALES Domingo 23 de octubre de 2022 El Peruano / Provincial Titular Penal (Corporativa) de Arequipa, Distrito Fiscal de Arequipa, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5589-2015-MP-FN, de fecha 06 de noviembre de 2015. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Jenny Elizabeth Justo Callo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2118045-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2267-2022-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2022 VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cios Nros. 1159 y 1265-2022-MP-FN- PJFSCAJAMARCA, cursados por el abogado Germán Leocadio Dávila Gabriel, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, se elevan las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Pamela Elizabeth Torrel Mantilla, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2118046-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash y designan Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Huari, ambos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huari RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2268-2022-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2022VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 1807, 2008 y 2270-2022-MP-FN- PJFSANCASH, cursados por la abogada Aura Violeta Rodríguez Ormaeche, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, mediante los cuales, eleva la renuncia, así como la conformidad de la misma, del abogado Eder Sixto Herrera Lizardo, al cargo de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huari, presentada el 12 de agosto, por motivos personales y familiares, solicitando su retorno a su plaza de carrera, en virtud a que es un magistrado titular. Así también, la citada Presidenta eleva la propuesta respectiva, a fi n de cubrir la referida plaza. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la