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82 NORMAS LEGALES Martes 25 de octubre de 2022 El Peruano / d) La Participación de las Niñas, niños y adolescentes en espacios públicos que son de su especial interés, fortalecen procesos de ejercicio de ciudadanía desde la infancia y adolescencia que coadyuven a consolidar la democracia y fortalecer el capital social que ellos constituyen. e) La autonomía progresiva, que implica que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a medidas especiales de protección y a que puedan ejercer sus derechos de acuerdo con la evolución progresiva de sus necesidades y facultades. Artículo Quinto.- De las Funciones del CCONNA Las Funciones del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes, son las siguientes: a) Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de infancia y adolescencia ante la Alcaldía y el Concejo Municipal. b) Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre infancia y adolescencia. c) Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y les sea pertinentes, a través de una Declaración ante la Alcaldía y el Concejo Municipal; quienes lo trasladarán a la instancia competente. d) Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Sub Gerencia de Bienestar e Integración Social. e) Representar a las niñas, niños y adolescentes del Distrito ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia de Desarrollo Social. f) Ser voceros ante el resto de la población de niños, niñas y adolescentes. Artículo Sexto.- Conformación de la Comisión Organizadora del CCONNA-LURIGANCHO Conforma la Comisión Organizadora del Consejo Consultivo de Niñas y Adolescentes del Distrito de Lurigancho, la cual estará integrada por: - Gerente de Desarrollo Social, quien lo presidirá. - Sub Gerente de Bienestar e Integración Social.- Gerente de Juventud, Educación, Cultura y Deporte.- Subgerente de Juventud, Deporte y Recreación Pública. - Un Representante del Consejo Distrital de Participación de la Juventud - CDPJ de Lurigancho. - Un Representante de las Asociaciones (ONG, Asociación sin fi nes de lucro, organización juvenil) que trabaje temas de niñez y adolescencia en el distrito. Artículo Séptimo.- Funciones de la Comisión Organizadora del CCONNA - LURIGANCHO - Apoyar la difusión del Registro de Organizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes en el ámbito del Distrito de Lurigancho, así como también en la creación de dicho registro, asegurando y reconociendo la mayor pluralidad, espacios y formas de organización de la niñez y adolescencia adecuadas a su edad. - Convocar y registrar a todas las organizaciones que participaran en el proceso de elección de representantes al CCONNA. Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Social en coordinación con la Jefa de la O fi cina de la DEMUNA la administración del registro de organizaciones de niñas, niños y adolescentes. - Elaborar el Reglamento del CCONNA en un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días hábiles, el mismo que será aprobado por Decreto de Alcaldía. - Coordinar la organización y conducción del proceso de elección democrático y participativo de los miembros integrantes del CCONNA. - Coordinar con las instancias respectivas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho y del Estado todo asunto que contribuya con el cumplimiento de sus funciones.Artículo Octavo.- Desactivación de la Comisión Organizadora Luego de Cumplida la elaboración del Reglamento, convocatoria a elecciones y realizada las elecciones para el Consejo Consultivo de Niñas, niños y adolescentes, así como la designación de sus representantes y el correcto desarrollo de las funciones del CCONNA - del Distrito de Lurigancho, se emitirá el acto administrativo correspondiente que desactivará la Comisión Organizadora. Artículo Noveno.- De la Conformación del CCONNA El CCONNA está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador: - La Asamblea General, está constituida por los representantes elegidos de las diferentes organizaciones, grupos y/o asociaciones de niñas, niños y adolescentes existentes en el distrito, que se encuentren registrados en el RUOS correspondiente, los mismos que sesionarán de acuerdo a su reglamento aprobado. Artículo Décimo.- Sobre el Equipo Coordinador El Equipo Coordinador, será elegido entre los representantes titulares de las organizaciones participantes, en Asamblea General, y estará integrado por: a. Coordinador General b. Sub Coordinadorc. Coordinador de actasd. Coordinador de Organización Artículo Décimo Primero.- De la Asistencia Técnica Designar a la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, para que brinde asistencia técnica, operativa y presupuestal al CCONNA Distrital, para el cumplimiento de sus funciones; procediendo a la elaboración del proyecto de Ordenanza que permitirá incluir en el ROF de la Municipalidad las funciones mencionadas para su correspondiente trámite de aprobación. Artículo Décimo Segundo.- De la Implementación Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la implementación de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones, complementarias o reglamentarias, para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza Provincial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal asegurar el presupuesto necesario y el aporte del conjunto de órganos de línea y apoyo municipal a la gestión efectiva de la Secretaría Técnica y del CCONNA. Cuarta.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la actualización de los instrumentos de gestión necesarios donde intervenga el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes de la Municipalidad Distrital de Lurigancho. Quinta.- ENCÁRGUESE a Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, su difusión y Publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica su publicación en el Portal Institucional de esta corporación Edil. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2118130-1