NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 3
3 NORMAS LEGALES Jueves 22 de setiembre de 2022 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Acuerdo Nº 000115-2022-GRLL-CR.- Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huaso 135 Acuerdo Nº 000120-2022-GRLL-CR.- Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Urpay 137 Acuerdo Nº 000144-2022-GRLL-CR.- Autorizan Transferencia Financiera destinada a financiar el Plan Operativo del Año Fiscal 2022 a la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente 139 Acuerdo Nº 000146-2022-GRLL-CR.- Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pias 140 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Ordenanza Nº 006-2022-CR/GRM.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Moquegua 142 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA D.A. Nº 14-2022.- Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima (Separata Especial) MUNICIPALIDAD DE ATE D.A. Nº 014.- Aprueban realización de Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de Ate 145MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA D.A. Nº 015-2022/MLV .- Convocan a audiencia pública de rendición de cuentas de la Municipalidad de La Victoria 146 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO D.A. Nº 029-2022-ALC/MSI.- Modifican el D.A. Nº 028- 2022-ALC/MSI, que convocó a organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito de San Isidro, y vecinos en general, a la II Audiencia Pública 2022 del distrito de San Isidro 147 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL QUISPICANCHI Acuerdo Nº 102-2022-MPQ-U/C.- Autorizan viaje de alcalde y regidores a Argentina, en comisión de servicios 148 SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA D.A. Nº 14-2022.- Modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima 1 al 0 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31576 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE INCORPORA DENTRO DE LOS ALCANCES DE LA LEY 30876, A LOS OFICIALES DE SERVICIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD Y RETIRO, EGRESADOS DE LA ESELAC-PNP, COMPRENDIDOS EN LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL 697-2018-IN Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto incorporar dentro de los alcances normativos señalados en la Ley 30876 —Ley que otorga el reconocimiento de tiempo de servicios, regulariza la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar-Policial y otorga el grado inmediato superior a los o fi ciales de servicio de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad, que ingresaron en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendidos en las resoluciones ministeriales 929-2015-IN-PNP y 0112-2016-IN-PNP— a los o fi ciales de servicios de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, egresados de la ESELAC-PNP, comprendidos en la Resolución Ministerial 697-2018-IN; esto devengaría en el reconocimiento de su tiempo de servicios desde su ingreso a la institución, así como en la transferencia de sus aportes a la Caja de Pensiones Militar-Policial. Artículo 2. Incorporación de o fi ciales de servicio de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, comprendidos en la Resolución Ministerial 697-2018-IN, dentro de los alcances normativos de la Ley 30876 Se incorpora a los o fi ciales de servicio de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, comprendidos en la Resolución Ministerial 697-2018-IN, dentro de los alcances de la Ley 30876 —Ley que otorga el reconocimiento de tiempo de servicios, regulariza la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar-Policial y otorga el grado inmediato superior a los o fi ciales de servicio de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad, que ingresaron en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendidos en las resoluciones ministeriales 929-2015-IN-PNP y 0112-2016-IN-PNP—. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. El Poder Ejecutivo, con el refrendo del ministro del Interior, aprueba el Reglamento en el plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la publicación de la presente ley. POR TANTO:Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en