NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Jueves 22 de setiembre de 2022 El Peruano / PODER EJECUTIVO DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Modifican los artículos 1 y 2 de la R.M. N° 0209-2022-MIDAGRI, que oficializó el evento denominado “X Festival Internacional de Camélidos Sudamericanos del Perú – 2022” (FESTICAM PERÚ 2022) a desarrollarse en el departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0381-2022-MIDAGRI Lima, 20 de setiembre de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 0535-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG del Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; el Informe Técnico N° 0035-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-OTPP del Profesional de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; el O fi cio N° 29-2022-FESTICAMPERU/FERCAM-HVCA/cvr del Presidente del Comité Organizador del evento denominado “X Festival Internacional de Camélidos Sudamericanos del Perú – 2022” (FESTICAM PERÚ 2022); y, el Informe N° 1299-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0209-2022-MIDAGRI, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI o fi cializó el evento denominado “X Festival Internacional de Camélidos Sudamericanos del Perú – 2022” (FESTICAM PERÚ 2022), a desarrollarse del 29 de julio al 02 de agosto de 2022, en el Campo Ferial de Callqui Chico, de la ciudad de Huancavelica, departamento de Huancavelica, organizado por la Federación Regional de Criadores de Camélidos Sudamericanos Andinos de Huancavelica – FERCAMH; habiéndose señalado en su artículo 2, que la citada Resolución Ministerial no irrogará gasto alguno al Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, con el O fi cio N° 29-2022-FESTICAMPERU/ FERCAM-HVCA/cvr, el señor César A. Villa Riveros, Presidente del Comité Organizador del referido Festival, solicitó al Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, se modi fi que la citada Resolución Ministerial, exponiendo las razones técnicas pertinentes sobre el particular, referidas a la justi fi cación de la reprogramación de la fecha de realización de la citada Feria, así como del requerimiento de asignación presupuestaria, en calidad de aporte del MIDAGRI; ello, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 14 del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG; Que, en atención a los fundamentos que contiene el Ofi cio mencionado en el considerando precedente, las unidades de organización del MIDAGRI, competentes sobre la materia, han emitido opinión favorable, en cumplimiento de sus respectivas funciones y competencias, respecto de la solicitud formulada, lo que se evidencia del Informe N° 160-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la O fi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; del Ofi cio N° 0535-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, que encuentra conforme y adjunta el Informe Técnico N° 0035-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-OTPP, del Profesional de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; así como del Memorando N° 1500-2022-MIDAGRI-SG/OGPP, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que hace suyo y adjunta el Informe N° 412-2022-MIDAGRI- SG/OGPP-OPRES, de la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, estando al sustento expuesto de la solicitud de autos, es pertinente modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 0209-2022-MIDAGRI, en previsión de las funciones de promoción y fomento asignadas al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y dentro del marco normativo vigente, aplicable sobre el particular; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; del Secretario General; del Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; de la Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; y, el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 0209-2022-MIDAGRI, la misma que o fi cializó el evento denominado “X Festival Internacional de Camélidos Sudamericanos del Perú – 2022” (FESTICAM PERÚ 2022), a desarrollarse en el Campo Ferial de Callqui Chico, de la ciudad de Huancavelica, departamento de Huancavelica, organizado por la Federación Regional de Criadores de Camélidos Sudamericanos Andinos de Huancavelica – FERCAMH, en los términos que a continuación se detallan: ”Artículo 1.- Ofi cializar el evento denominado “X Festival Internacional de Camélidos Sudamericanos del Perú – 2022” (FESTICAM PERÚ 2022), a desarrollarse del 23 al 27 de setiembre de 2022, en el Campo Ferial de Callqui Chico, de la ciudad de Huancavelica, departamento de Huancavelica, organizado por la Federación Regional de Criadores de Camélidos Sudamericanos Andinos de Huancavelica – FERCAMH. ”. ”Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con los recursos asignados a la Sec. Func.: 0097 Promoción de la competitividad agraria, Meta: 00006 – 0001441 Supervisión, Evaluación y Control; de la Unidad Ejecutora: 001 – Ministerio de Agricultura – Administración Central. ”. Artículo 2 .- Se dejan subsistentes todos los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0209-2022-MIDAGRI, que no se opongan a lo dispuesto por la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JENNY PATRICIA OCAMPO ESCALANTE Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2107975-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0382-2022-MIDAGRI Lima, 20 de setiembre de 2022