NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 54
TEXTO PAGINA: 47
47 NORMAS LEGALES Domingo 25 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, del numeral 1.45 de la Cláusula 1) del TUO descrito en el párrafo anterior, “Entrega de Control del Proyecto”, implica el procedimiento de entrega al Concesionario de los terrenos donde se realizaran las obras nuevas y actividades auxiliares, así como la documentación técnica legal que sustente la posesión y acciones del Concesionario en el ámbito del Proyecto. Que, dentro del Proceso de Entrega de terrenos al concesionario, según las obligaciones contenidas en el TUO en comentario; se tiene una zona de intervención denominado predio “Senccoyo”, ubicada en el Anexo de Pusa Pusa, Distrito y Provincia de Caylloma, Región de Arequipa, equivalente a 283.1007 Has, de propiedad de los Señores Elida Facunda Gonzales de Huaco, Jaqueline Huaco Gonzales, Clorinda Acuña Solís, Kruskaya Huaco Acuña, Jaime Huaco Acuña, Liliana María Huaco Duran, Jaime Huaco Duran, Elizabeth Huaco Muñoz, Eleana Janet Huaco Muñoz y Prudencio Rosendo Sayarasi Suni. Que, mediante Informe Técnico N° 03775-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC/TASACIONES, el Ministerio de Vivienda, determina el valor de tasación de S/. 1,208 093.21, respecto al bien inmueble, ubicado en “SENCCOYO’’. Que, ante la evaluación realizada por el ente competente anteriormente señalado, es que a través del Informe N° 112-2022-GRA/PEMS-OPP, la O ficina de Plani ficación y Presupuesto, informa que “existe la disponibilidad de crédito presupuestario para la Adquisición de la Parcela “Senccoyo’’ en el anexo Pusa Pusa, por un importe de S/. 1,208 093.21. Que, a través de informe N° 12-2022-GRA/PEMS/ GDPMSIIE/MAT, emitido por el Jefe de Acondicionamiento Territorial y la especialista Meta de Acondicionamiento Territorial, concluyen en remitir a la o ficina de Asesoría Jurídica, para su conformidad. Así mismo, mediante informe Técnico N° 029-2022-GRA/AG-EJOT del Asesor de Gobernación, sugiere enviar el expediente a la O ficina de Ordenamiento Territorial y Asesoría Jurídica. Que, en respuesta, mediante informe N° 073- 2022-GRA/OOT-BAO, re fieren que es competencia de asesoría jurídica opinar al respecto, por lo tanto, remite el expediente a la O ficina de Asesoría Jurídica. Que, por O ficio N° 153-2022-GRA/ORAJ, la O ficina de Asesoría Legal, solicita a AUTODEMA, solicitando la copia de la publicación en el diario o ficial o de circulación, concordante con el art. 7.1 del D.S 015-2020-VIVIENDA, así mismo, solicita se precise si no se formuló ninguna oposición en contra de las publicaciones efectuadas. Que, en respuesta al requerimiento, mediante O ficio N° 763-2022-GRA/PEMS-GE-GDPMSIIE, AUTODEMA, refiere que en el expediente obra copia de las publicaciones efectuadas, así mismo, líneas abajo, indica que “no existe oposición alguna a la fecha, habiendo transcurrido más de 15 d.h conforme a Ley (…)’’ Que, mediante Informe N° 1088-2022-GRA/ORAJ ratificado en parte por el Informe N° 1214-2022-GRA/ ORAJ, la O ficina de Asesoría Jurídica, recomienda elevar el expediente al Consejo Regional con el fin de emitir un Acuerdo Regional que apruebe la ejecución de la expropiación y el valor de tasación del terreno “SENCCOYO’’, que tiene 283.1007 has. Que, el O ficio 664-2022-GRA/ GGR, el Gerente General Regional, remite al Consejo Regional todo el expediente, para su tramitación. Que, el Sujeto Activo de la Expropiación: Gobierno Regional de Arequipa, quien es representado por la Autoridad Autónoma de Majes – AUTODEMA, dirigida por su Gerente Ejecutivo, Ing. Arturo Arroyo Ambia. Mientras que, Sujeto Pasivo de la Expropiación: Los señores Elida Facunda Gonzales de Huaco con DNI Nro. 29267537, Jaqueline Huaco Gonzales con DNI Nro. 29267536, Clorinda Acuña Solís con DNI Nro. 29388326, Kruskaya Huaco Acuña con DNI Nro. 46095597, Jaime Huaco Acuña con DNI Nro. 46263652, Liliana María Huaco Duran con DNI Nro. 29295452, Jaime Huaco Duran con DNI Nro. 29295413, Elizabeth Huaco Muñoz con DNI Nro. 29306770, Eleana Janet Huaco Muñoz con DNI Nro. 29267656 y Prudencio Rosendo Sayarasi Suni con DNI Nro. 30648833. Que, respecto al PREDIO: está ubicado en PARCELA denominada “SENCCOYO”, del anexo Pusa Pusa, de la Provincia de Caylloma, con un área afectada de 283.1007 has. Que, según lo estipulado el art. 7.1 del D.S. 015-2022-VIVIENDA, que aprueba el D.L N° 1192, menciona que: “7.1. Cuando el inmueble no se encuentre inscrito, el Sujeto Activo publica un aviso por dos veces con intervalos de tres días calendario en el diario o ficial El Peruano y en un diario de circulación nacional. El referido aviso debe contener: i. El Sujeto Activo y su domicilio legal. ii. La ubicación exacta del inmueble. iii. El plazo que tienen los interesados para presentarse, que es de diez días hábiles contados a partir de la última publicación.’’ En este sentido, según lo anexado en el expediente, se ha cumplido con realizar dicha diligencia, con las debidas especi ficaciones. (DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y LA REPÚBLICA) Que, según lo referido en el Informe N° 12-2022-GRA/ PEMS/GDPMSIIE/MAT, se procedió a noti ficar las cartas de intención a los presuntos posesionarios del inmueble: 1. Elizabeth Huaco Muñoz en fecha 16 de setiembre de 2021, 2. Flor Prudencio Sarayasi Suni, en fecha 14 de septiembre del 2021, 3. Clorinda Acuña Solís, en fecha 15 de setiembre de 2021, 4. Elida Gonzales de Huaco en fecha 15 de septiembre de 2021, 5. Eleana Janet Huaco Muñoz en fecha 15 de septiembre de 2021, 6.Jaqueline Huaco Gonzales en fecha 15 de setiembre de 2021, 7. Kruskaya Huaco Acuña en fecha 15 de setiembre de 2021, 8. Jaime Huaco Acuña en fecha 15 de setiembre de 2021, 9. Liliana María Huaco Duran en fecha 15 de setiembre de 2021, 10. Jaime Huaco Duran en fecha 16 de setiembre de 2021. Que, fue posteriormente contestada por: En fecha 05 de octubre de 2021, la señora Elizabeth Huaco Muñoz, aceptó el trato directo, pero no está de acuerdo con la tasación.Con fecha 06 de octubre de 2021, los señores: Clorinda Acuña Solis, Jaime Kruskayo Huaco Acuña y Kruskaya Jennifer Huaco Acuña, aceptan la oferta de adquisición y deseos de iniciar el trato directo, pero a su vez solicitaban 10 días para hacer la entrega de la transacción extrajudicial con los otros señores que dicen ser los propietarios, al ser el predio Soyrocota parte integrante Senccoyo y otros.Con fecha 04 de octubre de 2021, el señor Prudencio Rosendo Sarayasi Suni, mani fiesta su aceptación a la oferta de adquisición por parte de AUTODEMA. En fecha 06 de octubre de 2021, las señoras Elida Facunda Gonz ales Rosa, Jaqueline Huaco Gonzales y Eleana Janet Huaco Muñoz, en donde aceptaron la intención de compra de la parcela Senccoyo. El 06 de octubre de 2021 la Sra. Liliana Huaco Duran y Sr. Jaime Huaco Duran, nombran a su Abog. Roger Luna Gandarillas como su representante mediante poder por escritura pública N° 3741 ante el Notario Hugo Caballero Laura, quienes aceptan la carta de intención de adqu isición. Que, al momento no hay una respuesta unánime, a favor de la compra de dicha parcela. Que, actualmente existen dos procesos judiciales que se basan en el predio materia de expropiación, siendo estos: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA El predio materia de expropiación, se encuentra actualmente en posesión el señor PRUDENCIO ROSENDO SARAYASI SUNÍ, quien ha iniciado un proceso judicial de Prescripción Adquisitiva de Dominio respecto de 300 has. del predio Senccoyo, el mismo que ha sido interpuesto ante el Primer Juzgado Mixto de Chivay, signado con el número de expediente 00529-2017-0-0405-JM-CI-01. NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Proceso de Nulidad de Acto Jurídico, respecto de las Escrituras Públicas N° 291 de fecha 16 de marzo de 1979 y N° 609 de fecha 09 de marzo de 1983, mediante las cuales las señoras Elizabeth Huaco Muñoz y Clorinda Acuña Solis, alegan tener titularidad del predio materia de expropiación, dicho proceso se está tramitando ante el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, signado con el expediente N° 02367-2016-0-0401-JR-CI-05, siendo su estado del proceso como demanda admitida. Son parte del proceso judicial: ELIDA FACUNDA GONZALES DE HUACO, CLORINDA ACUÑA SOLIS, ELIZABETH JASMINA HUACO MUÑOZ, ELEANA JANET HUACO MUÑOZ, JAIME HUACO ACUÑA, KRUSKAYA HUACO ACUÑA, LILIANA MARIA HUACO DURAN, JAIME HUACO DURAN, JACQUELINE HUACO GONZALES.