NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 54
TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Domingo 25 de setiembre de 2022 El Peruano / […] 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 4 (en adelante, Reglamento) 1.6. El artículo 16 contempla lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado]. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 152-2022-MDSJ DS, presentado el 8 de setiembre de 2022, la señora recurrente comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que el señor alcalde y el señor regidor solicitaron su licencia sin goce de haber, la cual debe hacerse efectiva desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidatos en las ERM 2022. 2.2. A través de los Acuerdos de Concejo N. os 035-2022-MDSJDS y 040-2022-MDSJDS, del 10 y 15 de junio de 2022 respectivamente, el Concejo Distrital de San Juan de Siguas otorgó las licencias sin goce de haber solicitadas por el señor alcalde y el señor regidor, las cuales deben hacerse efectivas en el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.1.). 2.4. En ese sentido, en vista de que las solicitudes de licencia cuentan con la aprobación del Consejo Distrital de San Juan de Siguas y en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.), resulta procedente convocar a doña Felicia Ccari Quispe, identi fi cada con DNI Nº 70566217, segunda regidora del citado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Juan de Siguas, provincia y departamento de Arequipa; así como a doña Fortunata Mollo Condori, identi fi cada con DNI Nº 29689648 y don Rigoberto Vilca Chuctaya, identi fi cado con DNI Nº 24889865, candidatos no proclamados de las organizaciones políticas Arequipa - Unidos por el Gran Cambio y Acción Popular respetivamente, para que asuman temporalmente el cargo de regidores del citado concejo distrital. 2.5. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de San Juan de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, del 13 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 5. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Elard Jesús Valencia Obando, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Marco Antonio Ayaqui Mamaní, regidor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 3. CONVOCAR a doña Felicia Ccari Quispe, identi fi cada con DNI Nº 70566217, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Juan de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. CONVOCAR a doña Fortunata Mollo Condori, identi fi cada con DNI Nº 29689648, y don Rigoberto Vilca Chuctaya, identi fi cado con DNI Nº 24889865, para que asuman, provisionalmente, el cargo de regidores del Concejo Distrital de San Juan de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se les otorgarán las credenciales que los faculten como tales. 5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 https://cej.jne.gob.pe/Autoridades 2109151-1 Restablecen vigencia de credencial otorgada a ciudadano como alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3854-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022042737 SAYÁN - HUAURA - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, quince de setiembre de dos mil veintidós