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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 138

138 NORMAS LEGALES Jueves 29 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 429/MDLM, se facultó al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como modi fi car el plazo establecido en el artículo sexto, antes de su vencimiento, ello previo informe sustentatorio de la Gerencia de Administración Tributaria, de la Gerencia de Administración y Finanzas y de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, sobre la viabilidad presupuestal y fi nanciera de ampliación del otorgamiento del bene fi cio tributario de condonación; Estando a los considerandos precedentes, en los que se evidencia que resultaría necesario ampliar el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 429/MDLM, y se tiene la facultad legal correspondiente, en ejercicio de las facultades conferidas en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza antes mencionada, en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 31 de octubre del 2022, el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 429/MDLM. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y sus Subgerencias ejecutoras, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento y debida aplicación del presente Decreto de Alcaldía, así como la adecuada difusión del mismo. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación inmediata del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de Información en la Página Web de la Municipalidad www.munimolina.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALVARO GONZALO PAZ DE LA BARRA FREIGEIRO Alcalde 2110593-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 135-2022-MDMM, mediante la cual se establecieron Beneficios e Incentivos de Valores y/o expedientes coactivos para la recuperación de adeudos en la Municipalidad de Magdalena del Mar DECRETO DE ALCALDÍA Nº 029-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 20 de setiembre de 2022EL ALCALDE (e) DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Informe Conjunto N° 031-2022-SGEC- SGRRC-SGFT-GATR-MDMM emitido por la Subgerencia de Registro, Recaudación y Control Tributario y la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; el Informe N° 069-2022-GATR-MDMM emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; el Informe N° 552-2022-GAJ-MDMM emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorando N° 1643-2022-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en los Artículos 74° y 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante la Ordenanza N° 135-2022-MDMM publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 20 de mayo del 2022, se establecieron Bene fi cios e Incentivos de Valores y/o expedientes coactivos para la recuperación de adeudos en la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, el artículo catorce de la norma acotada señala que la Ordenanza mencionada tendrá una vigencia hasta el cierre del tercer trimestre del ejercicio 2022; Que, en el artículo primero de las Disposiciones Complementarias y Finales de la Ordenanza N° 135-2022- MDMM, faculta al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; Que, mediante documentos de vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo de la vigencia de la Ordenanza propuesta por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, teniendo en cuenta, el Artículo Primero de las Disposiciones Complementarias y Finales de la Ordenanza N° 135-2022-MDMM y a lo dispuesto en los artículos 195° y 74° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario; Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza N° 135-2022-MDMM hasta el 23 de diciembre del 2022, surtiendo efectos de esta prórroga al día siguiente de su vencimiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de sus órganos técnicos Subgerencia de Registro, Recaudación y Control Tributario, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Subgerencia de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente ordenanza, y a Secretaria General para su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico la publicación del presente decreto en el Portal de Transparencia de la entidad. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JUAN JACOBO CASTRO RUBIO Alcalde (e) 2107761-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza que prohíbe la venta de bienes de procedencia dudosa y/o delictuosa ORDENANZA Nº 418-MDPP Puente Piedra, 27 de setiembre de 2022