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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (01/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Sábado 1 de abril de 2023 El Peruano / Artículo 14 El presente Convenio tendrá una duración indefinida. Cualquiera de las Partes podrá denunciarlo en cualquier momento, dando aviso por escrito con seis (6) meses de anticipación, por la vía diplomática. La terminación del Convenio no afectará a la ejecución de las obligaciones asumidas por las Partes hasta la fecha efectiva de su finalización, salvo acuerdo en contrario. Artículo 15 El presente Convenio podrá modi fi carse mediante la suscripción de enmiendas entre las Partes. Dichas enmiendas entrarán en vigor luego de aplicarse el mecanismo contemplado en el artículo 13 del presente Convenio. EN FE DE LO CUAL, los representantes de ambos Estados, autorizados a dicho efecto por sus respectivos Gobiernos, fi rman el presente Convenio. Hecho en la ciudad de Madrid, el 28 de febrero del dos mil diecinueve, en dos ejemplares originales, ambos textos en idioma español, siendo igualmente auténticos.POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República del Perú POR EL REINO DE ESPAÑAPEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN Presidente del Gobierno del Reino de España 2165128-1 Entrada en vigor del Convenio entre la República del Perú y el Reino de España sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia El Convenio entre la República del Perú y el Reino de España sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia, suscrito el 28 de febrero de 2019 en Madrid, Reino de España, y rati fi cado internamente mediante el Decreto Supremo N° 006-2023-RE, de 20 de marzo de 2023, entró en vigor el 24 de marzo de 2023. 2165130-1