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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (03/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Lunes 3 de abril de 2023 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Designan a los nuevos administradores temporales de las Cooperativas de Ahorro y Crédito de los Trabajadores de la Cía. de Petróleo Shell del Perú Ltda., Transportistas del Sur - Ayacucho, Nuevo Triunfo, La Nueva Jerusalén Limitada, Tribus Emprendedores Wanca, Inti Wanka, San Pedro Limitada Número Doscientos Cincuenticuatro, Sol Amazónico Ltda, San Bartolomé del Altiplano Ltda., Prosperando, Musuq Ayllu - Aymaraes - Apurímac, Mosoq Hillariy Limitada, Fondo Pyme, Créditos Solidarios del Perú, Yanawara y Credisicuani Limitada RESOLUCIÓN SBS N° 01056-2023 Lima, 27 de marzo de 2023LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones SBS Nº 00669- 2021, N° 00670-2021 y N° 00672-2021 noti fi cadas el 16.04.2021, y mediante Resolución SBS N° 01999-2021 notifi cada el 06.08.2021, esta Superintendencia declaró la disolución de las Cooperativas de Ahorro y Crédito de los Trabajadores de la Cía. de Petróleo Shell del Perú Ltda., Transportistas del Sur - Ayacucho, Nuevo Triunfo y La Nueva Jerusalén Limitada, respectivamente, por encontrarse incursas en la causal de conclusión del objeto especí fi co para el que fueron constituidas, prevista en el numeral 3 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, aprobado por Decreto Supremo N° 074-90-TR (en adelante, TUO LGC) sin haber acreditado su levantamiento; Que, mediante Resoluciones SBS N° 01193-2022 y N° 01198-2022 noti fi cadas el 21.04.2022, así como mediante Resolución SBS N° 03016-2022 noti fi cada el 05.10.2022 y Resoluciones SBS N° 03524-2022, N° 03526-2022, N° 03527-2022, Nº 03529-2022, Nº 03530-2022, Nº 03535-2022, Nº 03538-2022 y Nº 03548-2022 notifi cadas el 18.11.2022; esta Superintendencia declaró la disolución de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Tribus Emprendedores Wanca, Inti Wanka, San Pedro Limitada Número Doscientos Cincuenticuatro, Sol Amazónico Ltda, San Bartolomé del Altiplano Ltda., Prosperando, Musuq Ayllu - Aymaraes - Apurímac, Mosoq Hillariy Limitada, Fondo Pyme, Créditos Solidarios del Perú y Yanawara, respectivamente, por encontrarse incursas en la causal de inactividad prevista en el numeral 5-A.6. de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General), entre ellas, la Ley N° 30822; Que, mediante Resolución SBS N° 00142-2022 notifi cada el 14.01.2022, esta Superintendencia declaró la disolución y la exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credisicuani Limitada al no haber levantado la causal que motivó su sometimiento a régimen de intervención -pérdida total de su capital social y reserva cooperativa-, prevista en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B. de la Vigésimo Cuarta Disposición Final Complementaria de la Ley General; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de las Resoluciones SBS N° 01193-2022 y N° 01198-2022, se designó al señor Alexander Alcides Tipe De la Cruz, identi fi cado con DNI N° 48211198, como administrador temporal principal de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Tribus Emprendedores Wanca e Inti Wanka, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de las Resoluciones SBS N° 01999-2021, Nº 03535-2022 y Nº 03548-2022, y en el artículo segundo de la parte resolutiva de la Resolución SBS N° 2901-2022, se designó al señor Ricardo Manuel Reyna Velásquez, identi fi cado con DNI N° 10880139, como administrador temporal principal de las Cooperativas de Ahorro y Crédito La Nueva Jerusalén Limitada, Fondo Pyme, Yanawara y Credisicuani Limitada, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo segundo de la parte resolutiva de la Resolución SBS N° 02902-2022 y en el artículo tercero de la parte resolutiva de la Resolución SBS N° 03016-2022, se designó a la señora Tatiana Porras Palomino, identi fi cada con DNI N° 45425182, como administradora temporal principal de las Cooperativas de Ahorro y Crédito de los Trabajadores de la Cía. de Petróleo Shell del Perú Ltda., Transportistas del Sur - Ayacucho, Nuevo Triunfo y San Pedro Limitada Número Doscientos Cincuenticuatro, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de las Resoluciones SBS Nº 03529-2022, Nº 03535-2022 y Nº 03548-2022, se designó al señor Brandon Arturo Gasco Bardales, identi fi cado con DNI N° 48106787, como administrador temporal alterno de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Musuq Ayllu - Aymaraes - Apurímac, Fondo Pyme y Yanawara, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de las Resoluciones SBS Nº 03526-2022, Nº 03530-2022 y Nº 03538-2022 se designó al señor Mijail Dennis Choque Chambi Romero, identi fi cado con DNI N° 70351688, como administrador temporal alterno de las Cooperativas de Ahorro y Crédito San Bartolomé del Altiplano Ltda., Mosoq Hillariy Limitada y Créditos Solidarios del Perú, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de las Resoluciones SBS Nº 03524-2022 y Nº 03527-2022 se designó a la señora Tibisay Tayna Cárdenas Medina, identi fi cada con DNI N° 71286823, como administradora temporal alterna de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Sol Amazónico Ltda y Prosperando, respectivamente; para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las mismas, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables; Que, este Organismo de Supervisión y Control ha determinado dejar sin efecto la designación de los indicados administradores temporales, conforme se detalla en la parte resolutiva de la presente Resolución; Que, a efectos de garantizar la continuidad de las acciones correspondientes durante el régimen de disolución, resulta necesario designar a quienes actuarán como representantes de esta Superintendencia, en reemplazo de los designados previamente;