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4 NORMAS LEGALES Viernes 14 de abril de 2023 El Peruano / Res. SBS Nº 01177-2023.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 76 Res. SBS Nº 01179-2023.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 77 Res. SBS Nº 01184-2023.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 77 Res. SBS Nº 01195-2023.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 78 Res. SBS Nº 01197-2023.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 78 Res. SBS Nº 01199-2023.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 78 Res. SBS Nº 01205-2023.- Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 79 Res. SBS Nº 01206-2023.- Cancelan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 79 Res. SBS Nº 01215-2023.- Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 80 Res. SBS Nº 01279-2023.- Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Grupo Konecta Perú 80 Res. SBS Nº 01280-2023.- Declaran el sometimiento a Régimen de Intervención a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Grupo Inversión Sudamericano 82 Res. SBS Nº 01297-2023.- Modifican el Reglamento del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo 85 Res. SBS Nº 01304-2023.- Modifícan el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero 85GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Ordenanza Nº 010-2022-GOB.REG. TUMBES-CR- CD.- Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 86 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Res. Nº 083-2023-A/MDC.- Aprueban el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA - 2024” de la Municipalidad Distrital de Carabayllo 87 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO R.A. Nº 297-2023-MDSJL.- Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho 88 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES D.A. Nº 005-2023/MDSJM.- Aprueban el Programa de Monitoreo y Vigilancia de la Contaminación Sonora 2023 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores 89 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Res. Nº 98-2023-RASS.- Aprueban modificación al Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco 90 Res. Nº 104-2023-RASS.- Aprueban modificación al Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco 91 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES