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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (14/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 14 de abril de 2023 El Peruano / Artes, para participar en la XXXV Reunión del Consejo Intergubernamental IBERESCENA, a realizarse en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 18 al 20 de abril de 2023; asimismo, se indica que los gastos de alojamiento, alimentación y traslado interno de los participantes se encuentran cubiertos entre el 17 y 21 de abril de 2023; Que, el artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea encargado de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios; Que, el artículo 82 del ROF del Ministerio de Cultura, señala que la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas estrategia y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias; así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad. Tiene entre sus funciones establecidas en el numeral 82.5 del mencionado artículo, el incentivar, difundir, organizar, promover y desarrollar acciones orientadas a promover el encuentro, conocimiento, intercambio y difusión de las artes a nivel nacional e internacional a través de exposiciones, festivales, encuentros, congresos, seminarios y diversas plataformas tecnológicas; Que, mediante el Informe N° 000132-2023-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite el Informe Nº 007171-2023-DIA/MC de la Dirección de Artes, donde se propone la participación del señor Daniel Paolo Segovia Medina, Analista en Proyectos de Gestión Cultural de la Dirección de Artes, en la XXXV Reunión del Consejo Intergubernamental IBERESCENA, lo cual permitirá generar constantes alianzas, colaboraciones e intercambiar aprendizajes, que contribuyen a fortalecer la labor dentro del Ministerio de Cultura a favor del sector de las artes escénicas; asimismo, las decisiones que se tomarán en la reunión sobre las próximas convocatorias de ayudas económicas y acciones orientadas al sector, tienen un resultado en el ámbito de las artes escénicas nacionales. En ese sentido, resulta de interés institucional la participación del mencionado servidor en el citado evento, por cuanto enriquece nuestros procesos de gestión mediante el intercambio de experiencias y aprendizajes, los cuales se deben evaluar en términos cualitativos, pues los aspectos positivos de participar en este evento se traducen no solo en montos entregados a proyectos peruanos, sino también en experiencias de trabajo a nivel intergubernamental, procesamiento de datos e indicadores de impacto de la cultura, e incidencia en iniciativas de gestión pública, entre otros; Que, a través del Proveído N° 002761-2023-VMPCIC/ MC, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mani fi esta su conformidad con el viaje de comisión de servicios; Que, por la consideración expuesta, atendiendo a la temática del evento en mención y a los fi nes antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Daniel Paolo Segovia Medina, Analista en Proyectos de Gestión Cultural de la Dirección de Artes, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos son asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura, y los viáticos son asumidos por el Ministerio de Cultura de la República Portuguesa; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que durante el presente año la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de representantes, servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, son autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la O fi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor DANIEL PAOLO SEGOVIA MEDINA, Analista en Proyectos de Gestión Cultural de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 16 al 21 de abril de 2023; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA): US$ 3,000.34Artículo 3.- Disponer que el servidor señalado en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acude, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2168745-1 Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000144-2023-MC San Borja, 13 de abril del 2023 VISTOS; el Memorando Nº 000109-2023-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; la Carta N° 000033-2023-DDC SMA/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura San Martín; el Informe Nº 000063-2023-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando Nº 000238-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000537-2023-OGAJ/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,