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66 NORMAS LEGALES Viernes 14 de abril de 2023 El Peruano / documentos: a) Copia del Contrato de Financiamiento Nº IBA-25-2021-UNSA; b) Carta de invitación del Prof. Dr. Giancarlo Richard Salazar Banda, Coordinador del Laboratorio de Electroquímica e Nanotecnología del Instituto de Tecnología e Pesquisa; c) Copia de la Resolución Subdirectoral N° 0167-2023-UNSA/SDRH de la Unidad de Recursos Humanos, con la que se acredita el otorgamiento de la Licencia con Goce de Remuneraciones con fi nes comprobados de participación en evento cientí fi co en el extranjero, a la docente Lilia Mary Miranda Ramos, para participar en el mencionado evento; y, d) Copia de Descuento por Planilla de Remuneraciones de viáticos de la docente. Que, la participación de la docente en el citado evento con fi nes de Investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fi nes de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6° de la Ley Universitaria N° 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (…) y 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”. Que, en tal sentido, la Unidad de Abastecimiento mediante O fi cio N° 0841-2023-SDL de fecha 10 de abril de 2023, ha determinado el itinerario, monto de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos internacionales; asimismo, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del O fi cio N° 0454-2023-OUPL- UNSA de fecha 11 de abril de 2023, que contiene el Informe N° 049-2023-OGPP-UNSA, informa que revisado el presupuesto institucional de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para el ejercicio presupuestal 2023, se cuenta con Disponibilidad Presupuestal en la Fuente de Financiamiento, Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, por el monto de S/ 14,794.42 soles, para atender el requerimiento efectuado, según el siguiente detalle: (i) Pasajes aéreos S/ 6,480.36 (ii) Seguro Viajero S/ 314.06(iii) Viáticos S/ 8,000.00 Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, al Rectorado. SE RESUELVE:Primero.- Autorizar el viaje de la docente LILIA MARY MIRANDA RAMOS, Docente de la Facultad de Ingeniería de Procesos, para que, en calidad de Investigadora Principal, participe, con fi nes de investigación, en una estancia de investigación a fi n de realizar experimentos de caracterización electroquímica de electrodos usando técnicas y métodos electroquímicos, así como el uso de métodos electroquímicos de tratamiento de aguas contaminadas, a llevarse cabo en el Laboratorio de Electroquímica e Nanotecnología del Instituto de Tecnología e Pesquisa, Aracaju - Brasil, del 17 al 28 de abril de 2023; en ejecución del proyecto de investigación: “Tratamiento de e fl uentes industriales de la región de Arequipa usando procesos combinados, electroquímicos y biológicos”, seleccionado según Resolución Vicerrectoral N° 011-2021-VRI, y en atención al Contrato de Financiamiento Nº IBA-25-2021-UNSA. Segundo.- Autorizar a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Unidad de Abastecimiento, otorguen a favor de la mencionada docente, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, según siguiente detalle: - Pasajes aéreos : S/ 6,480.36 soles Del 15 al 30 de abril de 2023. Arequipa - Lima – Sao Paulo – ARACAJU (Brasil) – Sao Paulo - Lima - Arequipa - Seguro Viajero : S/ 314.06 soles - Viáticos por diez días : S/ 8,000.00 soles Del 18 al 27 de abril de 2023Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada docente presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2168770-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal provincial mixto de Jaén, del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 031-2023-MP-FN-JFS Lima, 12 de abril de 2023 VISTOS Y CONSIDERANDO: La carta del abogado Rolando Manuel Flores Segura, presentada el día 4 de abril de 2023, vía correo institucional a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación el día 5 del presente mes y año; mediante la cual renuncia al cargo de fi scal provincial penal, Distrito Fiscal de Lambayeque, por razones estrictamente de salud, solicitando que la misma se haga efectiva a partir del 4 de abril de 2023. La Resolución Nº 302-2002-CNM, de fecha 7 de junio de 2002, emitida por el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, se desprende el título de fi scal provincial mixto de Jaén del Distrito Fiscal de Lambayeque, a favor del abogado Rolando Manuel Flores Segura. El artículo 183 del Decreto Supremo nº 005-90-PCM, establece que el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acreditan la misma. En esa línea, en el artículo 185 de la norma acotada, establece que la renuncia será presentada con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios , siendo potestad del titular de la entidad, o del funcionario que actúa por delegación, la exoneración del plazo referido. Asimismo, según el artículo 106 de la Ley nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, precisa que el cargo de fi scal culmina con la renuncia desde la fecha en que es aceptada. Con el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022, aprobado mediante Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos nº 6048, se precisaron los lineamientos para la presentación y trámite de las cartas de renuncias formuladas por los fi scales titulares y provisionales, disponiendo: “La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal o la Coordinación Nacional correspondiente, debe asegurarse que la carta de renuncia cuente con toda la información necesaria, siendo esta: […], la fecha de efectividad de la misma –teniendo presente lo establecido en el artículo 185 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM–, y cuente con fi rma legalizada”. De acuerdo a los documentos recabados se tiene que, mediante hoja de envío Nº 003843-2023-MP-FN-PJFS- LAMBAYEQUE, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque derivó a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el o fi cio Nº 415-2023-MP-2°FPPC-Jaén/C, del 10 de abril de 2023, suscrito por la Coordinadora de las Fiscalías Provinciales