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21 NORMAS LEGALES Domingo 16 de abril de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje al exterior, con e fi cacia anticipada, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Víctor Alfredo Revoredo Farfán, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Adhalik Gengys Josué Chinguel Aguilar y del Subo fi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Pedro Efraín Morales Canchari, del 13 al 15 de abril de 2023, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2. Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Viáticos US$ 370,00 2 3 2 220,00Pasajes US$ 396,69 3 1 190,07 Artículo 3. Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2169494-1 Delegan al/a la Viceministro/a de Orden Interno, Viceministro/a de Seguridad Pública y en la/el Secretaria/o General del Ministerio del Interior, la facultad de suscribir, modificar y/o resolver convenios interinstitucionales, así como sus respectivas adendas, sobre las materias relacionadas a sus correspondientes competencias, durante el año fiscal 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0525-2023-IN Lima, 14 de abril de 2023 VISTOS, el Memorándum Nº 00232-2023/IN/SG de la Secretaría General, y el Informe Nº 000860-2023/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoraría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se de fi nen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Ministerio del Interior, puede celebrar convenios de cooperación interinstitucional con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, organismos del Poder Ejecutivo y otros organismos públicos y privados, y sociedad civil, siempre que no se persigan fi nes de lucro; Que, el numeral 25 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1266, de forma concordante con el literal x) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, precisa que el Ministro tiene entre sus funciones representar al Sector Interior ante las entidades públicas o privadas en los ámbitos nacional e internacional; Que, asimismo conforme a lo establecido en el numeral 27 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1266, y el literal a) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece reglas de delegación de competencias para la emisión de actos administrativos, las que, conforme al documento de vistos, deben ser aplicadas conforme a la naturaleza de los convenios interinstitucionales, debiendo considerarse en particular los artículos 1.2.1 y 87 in fi ne del TUO de la Ley precitada; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0010-2023- IN se establecen las materias delegadas por el Despacho Ministerial a diversos órganos del Ministerio del Interior para el ejercicio 2023, requiriéndose regular la delegación para la suscripción de convenios interinstitucionales en el marco del artículo 88 del TUO de la Ley Nº 27444; Con el visado del Despacho Viceministerial de Orden Interno, del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Secretaría General, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar al/a la Viceministro/a de Orden Interno, Viceministro/a de Seguridad Pública y en la/ el Secretaria/o General del Ministerio del Interior, la facultad de suscribir, modi fi car y/o resolver convenios interinstitucionales, así como sus respectivas adendas, sobre las materias relacionadas a sus correspondientes competencias, durante el año fi scal 2023. Articulo 2.- El Ministro del Interior, durante la vigencia de la presente delegación, tiene la atribución de avocarse y suscribir todo convenio interinstitucional que, por razones de interés público o sectorial, considere de especial relevancia. Artículo 3.- El/la Viceministro/a de Orden Interno, Viceministro/a de Seguridad Pública y la/el Secretaria/o General del Ministerio del Interior, deberán informar al Ministro del Interior sobre las actividades realizadas en el marco de la presente delegación de facultades. Artículo 4.-. La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución Ministerial comprende la obligación de veri fi car el cumplimiento de los requisitos y procedimientos legales correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2169492-1