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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (16/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Domingo 16 de abril de 2023 El Peruano / c) Proyección mensual de facturación con FOSE de los usuarios regulados aportantes al FOSE Las proyecciones de la facturación con FOSE se obtendrán multiplicando los cargos tarifarios con el recargo FOSE por la proyección de ventas de los usuarios aportantes al FOSE, obtenidos de la forma descrita en el literal a) que antecede. Es decir, es el valor del literal b) multiplicado por el Factor de recargo. II. Determinación del Factor de Recargo del FOSE Para determinar el factor de recargo se sigue lo siguiente: a) Monto del subsidio mensual del FOSE La determinación del subsidio FOSE se obtiene a partir de la valorización de los descuentos efectuados a partir de los consumos proyectados mensuales (de la forma descrita en el literal a) del numeral I), para los usuarios bene fi ciarios al FOSE de las opciones tarifarias BT5B, BT5D, BT5E, BT7 y BT5F para los rangos de 0 hasta 30 kW.h/mes y 31 hasta 140 kW.h/mes considerando los factores de descuentos y los cargos tarifarios con MCTER y los descuentos para los usuarios de los sistemas no convencionales de los SER, considerando los cargos de la opción tarifaria BT8. b) Saldos El cierre de los saldos de las empresas se realiza incorporando los resultados de los saldos netos acumulados -que terminan en el segundo mes anterior al mes en que se establece el Programa de Transferencia- y la información proyectada de saldos para el mes anterior y el mes en que se establece el programa de transferencia. c) Aporte mensual por el recargo efectuado a los usuarios libres y grandes usuarios. Es el monto mensual por recargos del FOSE efectuados por las empresas suministradoras a los usuarios libres y a los grandes usuarios libres que se obtiene del recargo promedio efectuado en sus ventas históricas en el periodo de un trimestre. El trimestre culmina el segundo mes anterior al mes en que se fi ja el factor de recargo y programa de transferencia. d) El Factor de Recargo del FOSE Para la determinación del factor de recargo se debe efectuar lo siguiente: El factor de recargo mensual del FOSE se obtiene sumando la unidad al resultado de la división de la suma del monto mensual aportado por los usuarios libres y grandes usuarios (literal c) con los saldos mensuales (literal b) y monto del subsidio mensual FOSE (literal a) dividiendo el resultado entre la Proyección mensual de facturación sin FOSE de los usuarios regulados aportantes (literal b) del numeral I). Se considerarán en el numerador, con signo negativo los sumandos que sean montos por coberturar y positivos los ingresos obtenidos por aportes. III. Elaboración del programa de transferencias El monto a transferirse por cada mes del trimestre a cada empresa distribuidora se obtiene considerando lo siguiente: 1. Se determina el saldo interno de la empresa distribuidora por la aplicación del FOSE a sus clientes regulados (Diferencia entre la facturación con recargo FOSE y la facturación con los descuentos del FOSE a sus usuarios bene fi ciarios). 2. Al valor obtenido en el numeral anterior se le añade los ingresos obtenidos por el recargo FOSE a sus usuarios libres, a cuyo resultado le añade el saldo mensual de la empresa de acuerdo lo indicado en el literal b) del numeral II. 3. Si el resultado es negativo la empresa es receptora y debe recibir transferencias mensuales de las empresas aportantes descritos en el numeral c) del numeral II; en cambio si el resultado es positivo la empresa es aportante y debe transferir a las empresas receptoras de acuerdo a lo que determine el Osinergmin.ANEXO Nº 2 TABLAS Y FORMATOS DEL FOSE FOSE01 Información Aplicación Criterios de Exclusión. Un registro anual por cada usuario residencial. CampoTipo de CampoAncho TotalDecimales Descripción Ejemplo 1 NUMÉRICO 4 0 Año 2023 2 NUMÉRICO 2 0 Mes 33 CARACTER 4 Código de empresa ADIL 4 CARACTER 12Código único e invariable del suministro, durante la aplicación del FOSE, y concordante con la tabla Clientes999887766521 5 CARACTER 8Documento de Nacional de Identi ficación (DNI)98988981 6 NUMÉRICO 3 0 Código de tarifa 14 7 NUMÉRICO 4 0Cantidad de lotes, 1 para suministros individuales y si es mayor a 1 registrar la cantidad, ejemplo: si hay 100 lotes colocar 1001 8 NUMÉRICO 12 2Noviembre (N- 2) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h14.24 9 NUMÉRICO 12 2Diciembre (N-2) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h15.10 10 NUMÉRICO 12 2Enero (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h15.00 11 NUMÉRICO 12 2Febrero (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h14.65 12 NUMÉRICO 12 2Marzo (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h15.80 13 NUMÉRICO 12 2Abril (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h16.20 14 NUMÉRICO 12 2Mayo (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h0.00 15 NUMÉRICO 12 2Junio (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h16.86 16 NUMÉRICO 12 2Julio (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h14.30 17 NUMÉRICO 12 2Agosto (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h15.20 18 NUMÉRICO 12 2Setiembre (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h14.00 19 NUMÉRICO 12 2Octubre (N-1) - Energía activa facturada total - Unidad kW.h14.60 20 NUMÉRICO 12 2Consumo Mensual Promedio de Noviembre (N-2) a Octubre (N-1)15.09