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19 NORMAS LEGALES Lunes 17 de abril de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban monto mensual de dietas de regidores del Concejo Municipal de Cieneguilla, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026 ACUERDO DE CONCEJO N° 019-2023-MDC/C Cieneguilla, 30 de marzo de 2023. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo de 2023, el Informe N°153-2023-MDC/GAF-SGRH, de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorando N°352-2023-MDC/GPP, de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Legal N°077-2023-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorandum N°157-2023-GM/MDC, de la Gerencia Municipal, respecto a los “Ingresos del Alcalde y Regidores de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo N° 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305- Ley de la Reforma Constitucional, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; Que, de conformidad con el numeral 28) del Artículo 9 de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores”; Que, asimismo el Artículo 41° de la citada ley, señala: Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda; Que, según el Artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza N° 218-2015-MDC, señala: El Concejo Municipal es el máximo órgano de gobierno colegiado de la municipalidad distrital de Cieneguilla, ejerce funciones normativas y fi scalizadoras (…); Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre sus presupuestos y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, la Ley N° 28212- Ley que desarrolla el Artículo 39° de la Constitución Política en lo que se re fi ere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del estado, en el literal e) del numeral 1 del Artículo 4°, establece que: “Los alcaldes provinciales y distritales reciben una remuneración mensual, que es fi jada por el Concejo Municipal correspondiente, en proporción a la población electoral de su circunscripción hasta un máximo de cuatro y un cuarto de URSP por todo concepto”; Que, la Ley N° 30057- Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como aquellas personas que están encargas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el numeral 62.1) del Artículo 62° de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas, para que mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, apruebe el incremento mensual de los servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos Nº 728 y Nº 1057, así como de las Leyes Nº 30057, Nº 29709 y Nº 28091, acordado en la cláusula Vigésimo Sexta del Convenio Colectivo Centralizado 2022-2023, suscrito en el marco de la Ley Nº 31188- Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; Que, mediante el Informe N° 153-2023-MDC/GAF- SGRH, la Subgerencia de Recursos Humanos, concluye señalando que el Comunicado N° 002-2023-EF/53.01 y la Opinión N°0042-2023-DGGFRH/DGPA de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, habilita la actualización del monto de las dietas de los regidores, la suma de las dietas de los regidores no debe superar el 30% de los ingresos mensuales del alcalde por todo concepto y recomienda requerir a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto otorgue el crédito presupuestario para cubrir el monto de las dietas de los regidores; siendo la compensación económica mensual del alcalde el monto de S/ 7 500.00 soles, el 30% de dicho monto asciende a S/ 2 250.00 soles (Dos mil doscientos cincuenta y 00/100 Soles); suma dineraria que correspondería a la dieta de los regidores de la municipalidad distrital de Cieneguilla; Que, mediante el Memorando N° 352-2023-MDC/GPP, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, concluye otorgando la disponibilidad presupuestaria de gastos para cubrir el monto de las dietas de los regidores en el marco del Comunicado N° 002-2023-EF/53.01 del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante el Informe Legal N° 077-2023-GAJ- MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye señalando que considera oportuno y pertinente el monto de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Cieneguilla, y opina que resulta viable la aprobación de las dietas de los regidores conforme a los fundamentos técnicos- normativos expuestos en el Informe N°153- 2023-MDC/GAF-SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos; asimismo, recomienda remitir los actuados para conocimiento del Concejo Municipal, para su debate y posterior aprobación; De conformidad a lo señalado en el numeral 28) del Artículo 9°, el Artículo 12°, el Artículo 39° y el Artículo 41° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi caciones; con la aprobación por UNANIMIDAD de los señores regidores, con la dispensa del trámite de comisiones y de lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR, a partir del mes de abril de 2023, el monto mensual de las dietas de los regidores del Concejo Municipal de Cieneguilla, durante los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, por su asistencia efectiva a dos (02) Sesiones de Concejo, por el importe de S/ 2 250.00 (Dos mil doscientos cincuenta y 00/100 Soles); monto sujeto a modi fi cación y/o reintegro en caso lo determinen los órganos técnicos especializados. Artículo Segundo .- DEJAR SIN EFECTO, el ACUERDO DE CONCEJO N° 004-2019-MDC/C, de fecha 26 de enero de 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial “El Peruano”.