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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (29/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Ana Karina Núñez Izaguirre, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada Contra la Criminalidad Organizada (Corporativa) de Piura, Distrito Fiscal de Piura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Piura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2295-2017-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2017. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Ana Karina Núñez Izaguirre , como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Tumbes, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tumbes, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 175-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022 y en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Piura y Tumbes, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2173638-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Junín y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 974-2023-MP-FN Lima, 28 de abril de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cio Nº 438-2023-MP-FN-CFSN-FPS- DHIT, cursado por la abogada Marena Mendoza Sánchez, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad en el Distrito Fiscal de Junín, la misma que a la fecha, se encuentra vacante. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 080-2023-MP-FN, de fecha 12 de enero de 2023, se resolvió, entre otros, asignar, de manera temporal, una (01) plaza de Fiscal Provincial, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, a la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, con Competencia en el Distrito Fiscal de Junín, hasta el 31 de marzo de 2023, asignación que fue prorrogada hasta el 30 de junio de 2023, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 689-2023-MP-FN, de fecha 28 de marzo de 2023. Asimismo, mediante la primera resolución citada en el párrafo precedente se dispuso la conversión de un (01) Despacho de la entonces Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, con Competencia en el Distrito Fiscal de Junín, en Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad en el Distrito Fiscal de Junín, cuya conformación consta, entre otros, de una (01) plaza de Fiscal Provincial, la cual proviene de la asignación señalada en el párrafo que antecede y que actualmente se encuentre vacante. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación del abogado Carlos Ordaya López, Fiscal Adjunto