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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (29/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / decisiones del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo. Están conformados por: a. Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital. b. Los miembros del Concejo Municipal.c. Representantes de la Sociedad Civil, que se inscriben como agentes participantes dentro del Proceso del Presupuesto Participativo. Ellos son: - Organizaciones sociales de base territorial o temática del distrito, entre ellas las Juntas Vecinales. - Organizaciones e instituciones privadas, que sustenten domicilio dentro del distrito de la jurisdicción. A efectos de la inscripción se deben contemplar los requisitos indicados en el inciso f). d. Representantes de las instituciones públicas que desarrollen acciones en el ámbito del distrito y designados para tales fi nes; quienes para poder participar como agente participante en el proceso deberán inscribirse hasta un (1) día hábil antes del primer taller del Presupuesto Participativo 2024 y contar con un documento de inscripción formal en el que se designen a su representante. e. Equipo Técnico que actuará como soporte del proceso, participa con voz, pero sin voto. f. La inscripción de las organizaciones residentes en el distrito deberá realizarse en Gerencia de Desarrollo Social, de acuerdo con los siguientes requisitos: - Presentación de una (1) carta dirigida a la Gerencia de Desarrollo Social, donde se consigne el número del RUC de la organización y el nombre del representante como agente participante en el proceso. - Si no cuenta con número de RUC deberá adjuntar a la carta el Acta de Fundación, Constitución o Estatuto de la organización (en copia simple). El plazo de inscripción vence un (1) día hábil antes del primer taller convocado en el marco del proceso del Presupuesto Participativo. Las organizaciones inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales deberán formalizar su inscripción a través de una carta simple dirigida a la Gerencia de Desarrollo Social, donde debe constar su voluntad de participar en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2024, inscribiendo además a su representante formal ante el proceso, quien adelante será el agente participante. Artículo 9.- De los agentes participantes representantes de organizaciones inscritas en el proceso Los agentes participantes podrán: a. Participar en los diferentes talleres de trabajo, capacitación y coordinación, planteando sus propuestas, iniciativas y aportes para el desarrollo del proceso. b. Elegir un representante de ellos por votación general como miembro del Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2024. c. Presentar propuestas de proyectos de inversión de impacto en su zona vecinal o del distrito. Para ello deben sustentar el proyecto con el apoyo de treinta (30) fi rmas de vecinos de la zona de in fl uencia. El documento completo se ingresará por Mesa de Partes de la municipalidad, con atención a la Gerencia de Desarrollo Social. Cada fi rma adherente deberá contar además con el nombre completo, dirección y número de DNI. Las propuestas serán evaluadas de acuerdo con los procedimientos de la presente ordenanza y el plazo de presentación estará establecido en el Cronograma de Actividades. d. Participar con voz y voto en la discusión y toma de decisiones; actuando con decoro y respeto en todas las actividades a realizarse.e. Votar por tres (3) proyectos de manera presencial, a partir de los cuales se obtiene la lista de los proyectos priorizados, de los cuales las personas naturales de acuerdo con el artículo Nº 10 establecerán el orden de prioridad. f. Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso, para su adecuada ejecución. g. Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo. Artículo 10.- De las personas naturales residentes en el distrito Las personas naturales residentes en el Distrito de PUNTA NEGRA sólo podrán participar con voto en la determinación del orden de ejecución de los proyectos priorizados, tomando como referencia el total de proyectos elegidos por los representantes de organizaciones hasta donde alcance el total del monto descrito en el artículo 7 de la presente ordenanza. No podrán presentar propuestas de proyectos de inversión. Artículo 11.- Conformación del Equipo Técnico El Equipo Técnico está conformado de la siguiente manera: - Subgerente de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, quien lo presidirá; - Gerente de Desarrollo Social- Gerente de Desarrollo Urbano- Gerente de Administración, quien actuará como secretaria técnica. - Gerente de Desarrollo Económico y Servicios a la Comunidad - Un (1) representante de los agentes participantes, representantes de organizaciones, quien es elegido en el Primer Taller Informativo del proceso. La elección se realizará entre todos los agentes participantes representantes de las organizaciones, presentes al momento de la votación. No hay opción de tacha o revisión de la elección, salvo medie algún hecho que el Equipo Técnico considere materialmente pertinente. La elección se realizará a través del conteo aritmético del voto unitario de cada agente participante presente en el Primer Taller de Capacitación, para ello se tomará lista dos (02) veces antes de la votación a efectos de garantizar la transparencia del proceso. Es necesario precisar que no cabe el voto por representación, como tampoco la designación de otro representante. El ganador será el que alcance la mayoría simple de votos. Si existiera empate se procederá inmediatamente a una segunda vuelta, contándose los votos de los agentes participantes presentes hasta que resulte un ganador. De ser necesario, el presidente(a) del Equipo Técnico podrá solicitar el apoyo de otras unidades orgánicas de la municipalidad y de instituciones especializadas. TÍTULO IV EL COMITÉ DE VIGILANCIA DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 12.- Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo. Es elegido por los agentes participantes, representantes de organizaciones, en el Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos. El Comité de Vigilancia del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo se encuentra conformado por cinco (3) agentes participantes que representan a la sociedad civil del distrito, y debe ser reconocido formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia actúa como un órgano colegiado ad honorem y es elegido en el Taller de Formalización de Acuerdos y Compromisos, en la fecha establecida en el cronograma del proceso. La elección del Comité seguirá el procedimiento del artículo 11 de la presente ordenanza, en cuanto sea aplicable.