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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (29/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Ordenanza que reglamenta el proceso de formulación del Presupuesto Participativo del distrito de Punta Negra para el Año Fiscal 2024 ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2023/MDPN 14 de abril de 2023 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRAVISTO Y CONSIDERANDO:El Acuerdo de Concejo Nº 026-2023/MDPN y demás documentos que sustentan el presente, y; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA PARA EL AÑO FISCAL 2024 TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- Objetivo La presente ordenanza tiene por objetivo reglamentar el proceso de formulación del Presupuesto Participativo del distrito de PUNTA NEGRA para el Año Fiscal 2024, estableciendo los mecanismos y procedimientos para su desarrollo, en concordancia con la normatividad vigente de la materia. Artículo 2.- Finalidad La presente ordenanza tiene por fi nalidad promover la participación de agentes participantes y vecinos de la comunidad de PUNTA NEGRA dentro del marco de un proceso técnico, participativo y concertado, para identi fi car los problemas relevantes en la comunidad y priorizar los proyectos de inversión pública que tengan como objetivo el desarrollo del distrito de PUNTA NEGRA. Artículo 3.- Ámbito El ámbito de aplicación de la presente ordenanza es el distrito de PUNTA NEGRA. Artículo 4.- Base Legal1. Constitución Política del Perú 2. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización3. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades4. DL Nº 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 5. Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modi fi catorias 6. Decreto Supremo Nº 142 -2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 7. Resolución Directoral Nº 007-2010-EF-76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. 8. DL Nº 1252 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Inversión Pública. 9. Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo, y sus modi fi catorias. 10. Decreto Supremo 132-2010-EF, que modi fi ca los artículos 3,4 y 5 del D.S. Nº 097-2009-EF.Artículo 5.- De fi niciones Para efectos de la presente ordenanza se considerará como de fi niciones relacionadas con el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo lo establecido en el artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. Artículo 6.- Principios del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo El Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo se rige bajo los siguientes principios rectores: a. Participación.- Los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. b. Transparencia.- Los presupuestos de los gobiernos locales son objeto de difusión por los medios posibles de información, a fi n de que la población pueda tener conocimiento de ellos, promoviendo en la medida de lo posible el uso de las tecnologías de la información. c. Igualdad.- Los agentes participantes y vecinos inscritos tienen las mismas oportunidades para participar en el proceso, sin que en ellos medie discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los procesos de plani fi cación y presupuesto participativo. d. Tolerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos. e. Efi cacia y e fi ciencia.- Los gobiernos locales organizan su gestión en torno a objetivos y metas establecidas en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. f. Equidad.- Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestión del gobierno local, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. g. Competitividad.- Los gobiernos locales tienen como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello, promueven la producción y su articulación a los ejes de desarrollo, promoviendo alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. h. Respeto a los acuerdos.- La participación de la sociedad civil en los presupuestos de los gobiernos locales se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados. TÍTULO II FINANCIAMIENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 7.- Financiamiento del presupuesto participativo El monto asignado al Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2024 asciende a Dos Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2’000,000.00), provenientes del Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN, asignado por el Ministerio de Economía y Finanzas, del porcentaje referido a la inversión pública. Por tanto, el presupuesto participativo será fi nanciado con la fuente de fi nanciamiento – 05 – Recursos Determinados, Rubro 07 – FONCOMUN. TÍTULO III AGENTES PARTICIPANTES Y EQUIPO TÉCNICO DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 8.- Agentes participantes Son agentes participantes las personas que tienen derecho a voz y voto en la discusión y toma de