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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (02/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de agosto de 2023 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Prorrogan plazos de la sección 3.6 y de la sección 4.8 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015- 2021-CEPLAN/PCD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00059-2023/CEPLAN/PCD Lima, 31 de julio de 2023VISTO: El Proveído Nº D001772-2023-CEPLAN- DE, de la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº D000099-2023-CEPLAN-DNSE, de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación y el Informe Nº D000192-2023-CEPLAN-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los numerales 3 y 16 del artículo 10, de la citada norma, dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; y como función especial del CEPLAN, el desarrollar el seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, que comprende el seguimiento y evaluación de los planes y políticas, los objetivos, los programas y los proyectos prioritarios de desarrollo nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva citada, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba la actualización de guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de políticas y planes a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015-2021/CEPLAN/PCD se aprobó la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN”, que establece las pautas para desarrollar el seguimiento y evaluación de las políticas nacionales y planes en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, así como ser una herramienta orientadora para las entidades que conforman el SINAPLAN; Que, mediante Informe Nº D000099-2023- CEPLAN-DNSE, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, de acuerdo a la evaluación técnica realizada, señala la necesidad de prorrogar los plazos de las secciones 3.6 y 4.8 de la mencionada guía, sobre la elaboración, aprobación y publicación en los Portales de Transparencia Estándar de los reportes de seguimiento e informes de evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2023, correspondientes al primer semestre, así como de los reportes de seguimiento de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM) y Planes de Desarrollo Concertados (PDC), correspondientes al año 2022; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando la necesidad de prorrogar el plazo para los reportes citados en el párrafo precedente; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo de la entidad emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; la Directiva Nº 001-2017- CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00009-2021/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prorrogar los plazos de la sección 3.6 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015- 2021-CEPLAN/PCD; estableciendo los siguientes para la publicación de los reportes de seguimiento del POI correspondientes al primer semestre de 2023, así como de los reportes de seguimiento de PESEM, PDRC y PDLC, correspondientes al año 2022. Plazos para el seguimiento de POI, PESEM, PDRC y PDLC Reporte de seguimiento Plazo 2023 POI 31 de agosto de 2023 PESEM 30 de setiembre de 2023 PDRC 31 de octubre de 2023 PDLC 30 de setiembre de 2023 Artículo 2.- Prorrogar el plazo de la sección 4.8 de la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00015- 2021-CEPLAN/PCD, estableciendo el 30 de setiembre de 2023, como plazo para la elaboración y publicación en el Portal de Transparencia Estándar de los informes de evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2023, correspondientes al primer semestre. Artículo 3.-. Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”,