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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (02/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de agosto de 2023 El Peruano / realice la programación de transferencias fi nancieras por el importe total de S/ 17,304,162.00 por el mecanismo de pago: Prestaciones administrativas (por expediente) - Traslados de Emergencia, Casa Materna y Procedimientos Especiales Tercerizados y Sub Componente Prestacional, de los cuales el importe de S/ 8,633,698.00 correspondiente a la “segunda transferencia del 50% del marco presupuestal” y el importe de S/ 8,670,464.00 correspondiente a la proyección agosto a diciembre 2023, modalidad de pago prospectivo con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios – RO, presupuesto regular y la Ley Nº 31638 (Ampliación Decreto de Urgencia Nº 046-2021), a favor de las unidades ejecutoras, a fi n de garantizar el fi nanciamiento de las prestaciones que brindan las IPRESS de EL PRESTADOR a favor de los asegurados al SIS; Que, a través del Memorando Circular N° 000210- 2023-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000020-2023-SIS/GNF-RRA, que propone la programación de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 131,029,868.00 de los cuales por el mecanismo de Pago por Prestaciones de Salud por el importe de S/ 108,384,079.00 y por mecanismo de Pago por Prestaciones de Salud (con población adscrita) por el importe de S/ 22,645,789.00, modalidad de pago prospectivo con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, presupuesto regular y la Ley Nº 31638 (Ampliación Decreto de Urgencia Nº 046-2021), a favor de las unidades ejecutoras, a fi n de garantizar el fi nanciamiento de las prestaciones que brindan las IPRESS de EL PRESTADOR a favor de los asegurados al SIS; Que, a través del Memorando N° 002066-2023-SIS/ GNF, el Gerente de la GNF hace suyo el Informe N° 000052-2023-SIS/GNF-VSN, a través del cual señala que: “En atención a la viabilidad brindada por la Sub Gerencia de Gestión de Seguros mediante Informe N° 000019-2023-SIS/GNF-RRA, y en cumplimiento a lo estipulado en los convenios y adendas entre el SIS, FISSAL y los GORE, DIRIS e IPRESS, se propone la programación de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 17,304,162.00 por el mecanismo de pago: Prestaciones administrativas(por expediente) - Traslados de Emergencia, Casa Materna y Procedimientos Especiales Tercerizados y Sub Componente Prestacional, de los cuales el importe de S/ 8,633,698.00 correspondiente a la “segunda transferencia del 50% del marco presupuestal” y el importe de S/ 8,670,464.00 correspondiente a la proyección agosto a diciembre 2023, modalidad de pago prospectivo con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios – RO, presupuesto regular y la Ley 31638 (Ampliación DU 046-2021), a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 del presente informe, a fi n de garantizar de manera oportuna el fi nanciamiento de las prestaciones administrativas brindadas a los asegurados al Seguro Integral de Salud”. Asimismo, señala: “En atención a la viabilidad brindada por la Sub Gerencia de Gestión de Seguros mediante Informe N° 000020-2023-SIS/GNF-RRA, y en cumplimiento a lo estipulado en los convenios y adendas entre el SIS, FISSAL y los GORE, DIRIS e IPRESS, se propone la programación de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 131,029,868.00 de los cuales por el mecanismo de Pago por Prestaciones de Salud por el importe de S/ 108,384,079.00 y por mecanismo de Pago por Prestaciones de Salud (con población adscrita) por el importe de S/ 22,645,789.00, modalidad de pago prospectivo con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios – RO, presupuesto regular y la Ley 31638 (Ampliación DU 046-2021), a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 02 del presente informe, a fi n de garantizar de manera oportuna el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al Seguro Integral de Salud.”; Que, mediante Informe Legal N° 000497-2023-SIS/ OGAJ, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la OGPPDO y la GNF, considera viable que la Jefa del SIS en su condición de Titular del Pliego emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera hasta por el monto total de S/ 148,334,030.00 (Ciento cuarenta y ocho millones trescientos treinta y cuatro mil treinta y 00/100 soles), de los cuales el importe de S/ 17,304,162.00 corresponde a las prestaciones administrativas y el importe de S/ 131,029,868.00 corresponde a las prestaciones de salud, a favor de las unidades ejecutoras descritas en los Anexos N° 01 y 02 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Julio 2023” elaborado por la GNF, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas, en el marco de los convenios y adendas suscritas; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 148 334 030,00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TREINTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, de los cuales el importe de S/ 17 304 162,00 corresponde a las prestaciones administrativas y el importe de S/ 131 029 868,00 corresponde a las prestaciones de salud, a favor de las unidades ejecutoras descritas en los Anexos N° 01 y 02 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Julio 2023”, respectivamente, que forman parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones administrativas y prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2 .- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud y administrativas diferencien, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo N° 01 de la Directiva N° 008-2022-SIS/GNF-V.02 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, versión actualizada con Resolución Jefatural N° 000209-2022-SIS/J. Artículo 3 .- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera según corresponda. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación de la transferencia fi nanciera descrita en el artículo 1 de la presente resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud – SIS (http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html). Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina General de Administración de Recursos, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera señalada en el artículo 1. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2201010-1