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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (02/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de agosto de 2023 El Peruano / OGA-UFRH de fecha 31 de julio de 2023, el Memorando Nº 000912-2023-FONDEPES/OGA de fecha 31 de julio de 2023 y el Informe Nº 168-2023-FONDEPES/OGAJ de fecha 31 de julio de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (en adelante, FONDEPES) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, creado mediante Decreto Supremo Nº 010-92-PE y elevado a rango de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 41-2023-FONDEPES/GG, del 23 de junio de 2023, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, estableciéndose en el mismo los requisitos mínimos del per fi l del cargo de Asesor(a) I de la Jefatura del FONDEPES y su clasi fi cación como empleado de con fi anza; Que, mediante Memorando Nº 000912-2023-FONDEPES/OGA, la O fi cina General de Administración, solicita continuar con el trámite contenido en el Informe Nº 000368-2023-FONDEPES/OGA-UFRH, emitido por la Coordinadora de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, donde emite opinión favorable respecto a la designación del señor Juan Carlos Romero Urteaga, como Asesor I de la Jefatura del FONDEPES; De conformidad con la Ley Nº 27594, «Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos», así como en el ejercicio de las facultades previstas en el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE; Con los vistos de la Gerencia General, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Coordinadora de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Juan Carlos Romero Urteaga, en el cargo de Asesor I de la Jefatura del FONDEPES. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución Jefatural a los Jefes y Directores de los órganos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero y al señor Juan Carlos Romero Urteaga para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.KATIA NATALI NOVOA SÁNCHEZ Jefa 2201134-1 SALUD Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de vacunas estratégicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 731-2023/MINSA Lima, 31 de julio del 2023Visto, el Expediente N° CENARE20230000488, que contiene el Memorándum N° D000466-2023-CENARES-MINSA que adjunta el Informe N° D000039-2023-CENARES-OPPM-MINSA, el Memorándum N° D001021-2023-CENARES-DP-MINSA y el Memorándum N° D005053-2023-CENARES-DA-MINSA emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, el Memorándum N° D001956-2023-OGPPM-MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° D000562-2023-OGPPM-OP-MINSA emitido por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Nota Informativa N° D001067-2023-OGAJ-MINSA emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se expidió la Resolución Ministerial N° 1097-2022/MINSA de fecha 29 de diciembre de 2022, aprobando el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2023 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud y EsSalud a través de resolución del titular de la entidad. Para dicho efecto, los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluida sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico del Ministerio de Salud y del EsSalud, según corresponda, que demuestre las ventajas del convenio en términos de e fi ciencia económica, así como las garantías de una entrega oportuna; asimismo, debe contar con el informe favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces, el cual demuestre la disponibilidad de recursos para su fi nanciamiento, así como con un informe legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces; Que, el numeral 31.2 del artículo 31 de la citada Ley N° 31638, establece que el Ministerio de Salud y el EsSalud quedan autorizados a transferir fi nancieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la citada disposición. Dichas transferencias fi nancieras se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se publican en el Diario O fi cial El Peruano, previa suscripción de convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, los numerales 31.3 y 31.4 del artículo 31 de la citada Ley N° 31638, establecen que, el Ministerio de Salud y EsSalud, bajo la responsabilidad de su respectivo titular, deben proveer información a la Contraloría General de la República. La Contraloría General de la República efectúa control concurrente en las acciones del Ministerio de Salud y EsSalud orientadas a la celebración e implementación de los convenios celebrados en el marco de lo establecido en el presente artículo, de acuerdo a las disposiciones reglamentarias que para tal efecto emita dicho órgano superior de control. El Ministerio de Salud y EsSalud informan trimestralmente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República sobre el avance o ejecución de las compras autorizadas en la presente disposición. Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de los organismos internacionales en el marco de lo establecido en el