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53 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de agosto de 2023 El Peruano / 4.- DISPONER que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto instruya a la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria”; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 5.- DISPONER que la Dirección de General de Administración realice la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 6.- REMITIR todo lo actuado a la Dirección General de Administración para que proceda conforme a sus atribuciones. 7.- DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos, unidades orgánicas y unidades funcionales competentes para que procedan conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y archívese.GUILLERMO A. BOCANGEL WEYDERT Rector NINFA Y. TORRES MUNGUIA Secretaria General (e) 2200607-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, con cargo al Presupuesto Institucional 2023 del Pliego 525: Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0463-2023-UNHEVAL Cayhuayna, 7 de julio de 2023VISTOS, los documentos que se acompañan en veintitrés (23) folios; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; artículo concordado con la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Unheval; Que, mediante la Ley Nº 31638, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2023; y mediante la Resolución Consejo Universitario N° 4503-2022-UNHEVAL, del 30.DIC.2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 525 Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, por el monto de CIENTO SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/. 107’336,045.00), por toda Fuente de Financiamiento en el ámbito de Función Programa, Sub-Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico de Gastos; Que, el artículo 2 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que para el fi nanciamiento de la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de dicha Ley, autorizan a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, Regional y Locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la Ley N° 31358, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; precisando que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional y se publican en el diario ofi cial El Peruano; Que, de acuerdo a la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, modi fi ca el artículo 1 de la Ley Nº 31358, establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto Público del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, establece que las entidades de los pliegos deberán efectuar las transferencias fi nancieras a favor del Pliego 19: Contraloría General de la República, el 1% del saldo de la inversión por ejecutarse y el saldo restante (1%), deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; Que, el literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras, cuando la ejecución corresponda a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo Código Único de Inversión, en la Acción de Inversión “6000053. Control Concurrente”, en la Finalidad “0348747. Control Concurrente” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional”; Que, mediante O fi cio N° 2642-2023-UNHEVAL- OPP, del 24.MAY.2023, el jefe nacional de la Autoridad Nacional de Control solicita la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico (UE.ANC-MP), hasta por la suma de S/ 42,414.17, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto Público del Sector Público para el Año Fiscal 2023, así como la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de la inversión (Proyecto) CUI Nº 2276699 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE, DESAGÜE Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN, DISTRITO DE PILLCO MARCA, PROVINCIA DE HUÁNUCO – HUÁNUCO; Que la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Unheval, con el O fi cio N° 461-2023-UNHEVAL-DIGA-J-UEI, del 16.JUN.2023, dirigido a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, informa la necesidad de la transferencia fi nanciera para el control concurrente para el proyecto de “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO