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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (02/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de agosto de 2023 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1888-2023-MP-FN Lima, 1 de agosto de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio N° 2967-2023-MP-FN-CN-FEVCMYGF, remitido por la abogada Irma Hilda Díaz Livaque, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, mediante el cual eleva la carta de renuncia y su complemento, así como la conformidad de la misma; de la abogada Jhoana Cindy Paola López Zegarra, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este y a su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Santa Anita - Ate, por motivos personales y familiares, presentadas a la abogada Reyna Gissella Gutiérrez Gamboa, Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el Despacho antes mencionado, quien a su vez remite las hojas de envío Nros. 016 y 038-2023-MPFN-1D-1FPCE-VCMYGF-SANTAANITA, de fechas 16 y 20 de junio del presente año, dirigidos a la Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima Este, respectivamente; informando que su último día de labores será el 19 de junio de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo sexto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1563-2023-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2023, en el extremo, que se prorroga el nombramiento de la abogada Jhoana Cindy Paola López Zegarra, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Santa Anita - Ate; dejando subsistente lo demás que la contiene. Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Jhoana Cindy Paola López Zegarra, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Santa Anita - Ate, así como su adecuación; con efectividad al 20 de junio de 2023, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 196-2020-MP-FN, 971-2020-MP-FN y 765-2023-MP-FN, de fechas 03 de febrero y 04 de septiembre de 2020 y 30 de marzo de 2023, respectivamente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2201099-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1889-2023-MP-FN Lima, 1 de agosto de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cio Nº 1545-2023-MP-FN-PJFSICA, cursado por la abogada Carmen Victoria Huayre Proaño, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; y, destacar la misma a la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha, por necesidad de servicio. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar, designar y destacar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento, designación y destaque que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº