TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2023 El Peruano / ActoFecha máxima de presentación Quinta renovación o contratación de nueva póliza12 de mayo de 2028 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Carretera Huaraz – Lima Km. 2.5 Sector Tacllan, del distrito y provincia de Huaraz y departamento de Ancash y/o correo electrónico: cervepsac@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director (e)Dirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Cabe señalar que, el requerimiento de la empresa “CERTIFICACIONES VEHICULARES DEL PERÚ S.A.C. – CERVEP S.A.C.”, está relacionado a una solicitud de autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Tipo Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en: Av. Andrés Avelino Cáceres (antes Av. Circunvalación) Mz. B Lt. 12 de la Urb. Parcelación Semi Rustica El Descanso, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. 2200641-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Formalizan designación de miembro de la Comisión de Derecho de Autor del INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 000060-2023-PRE/INDECOPI San Borja, 4 de agosto de 2023 VISTOS: El Acuerdo Nº 027-2023 del Consejo Directivo; la Hoja de Trámite Nº 004178-2023-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; el Informe Nº 000375-2023-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 000493-2023-OAJ/INDECOPI y el Memorándum Nº 1175-2023-OAJ/INDECOPI de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, se establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, en concordancia con el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establecen que es función del Consejo Directivo designar, entre otros, a los miembros de las Comisiones de las áreas de Competencia y Propiedad Intelectual de los órganos resolutivos de la entidad; Que, asimismo, el literal a) del subnumeral 42.4 del artículo 42 de la mencionada Ley de Organización y Funciones, establece que los miembros de las Comisiones son designados por el Consejo Directivo por cinco años, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, mediante el Acuerdo Nº 027-2023, de fecha 25 de julio de 2023, el Consejo Directivo del INDECOPI acordó designar al señor Ricardo Julio Salazar Chávez como miembro de la Comisión de Derecho de Autor, por un periodo adicional, y encomendar a la Presidencia Ejecutiva las gestiones correspondientes para la debida ejecución de dicho acuerdo; Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 124-2018-INDECOPI/COD, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 08 de julio del 2018, se designó al señor Ricardo Julio Salazar Chávez como miembro de la Comisión de Derecho de Autor del INDECOPI; Que, con el Informe Nº 000375-2023-ORH/INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos concluyó que el señor Ricardo Julio Salazar Chávez cumple con los requisitos para ser designado como miembro de la Comisión de Derecho de Autor del INDECOPI, por un periodo adicional; Que, a través del Informe Nº 000493-2023-OAJ/ INDECOPI y del Memorándum Nº 1175-2023-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que la Presidencia Ejecutiva emita el acto resolutivo que formalice, con e fi cacia anticipada, la designación de miembro de la Comisión antes mencionada; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Recursos Humanos, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, y en su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo Único.- Formalizar la designación del señor Ricardo Julio Salazar Chávez como miembro de la Comisión de Derecho de Autor del INDECOPI, por un periodo adicional, desde el 25 de julio del 2023. Regístrese, comuníquese y publíquese.KARIN CÁCERES DURANGO Presidenta Ejecutiva 2202803-1