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25 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2023 El Peruano / VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 273-2023-CE-PJ, de fecha 12 de julio del 2023; la Resolución Administrativa Nº 445-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 20 de julio del 2023, el o fi cio Nº 001-2023-JPLLySI-CSJLI-PJ, de fecha 24 de julio del 2023 y mensaje de correo electrónico institucional de fecha 26 de julio del 2023 remitida por el administrador de la sede judicial de los Juzgados de Paz Letrado de los distritos de Santiago de Surco y San Borja y; CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 273-2023-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, la conversión de determinados Juzgados de Paz Letrados Mixtos como Juzgados de Paz Letrados Laborales, a partir del 1 de agosto del 2023, estableciendo las competencias territoriales que conocerán; el cierre de turno para recibir procesos de la especialidad laboral de los Juzgados de Paz Letrados Mixtos; la redistribución de expedientes en estado de trámite entre los Juzgados de Paz Letrados Mixtos que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de agosto de 2023, etcétera. Segundo.- Al respecto, esta Presidencia emitió la Resolución Administrativa Nº 445-2023-P-CSJLI-PJ, recti fi cada mediante la Resolución Administrativa Nº 457- 2023-P-CSJLI-PJ de fecha 21 de julio del 2023, disponiendo las medidas administrativas complementarias a considerar para la redistribución de expedientes, así como, el plazo para la ejecución de las acciones correspondientes. Tercero.- Que, mediante el o fi cio de vistos los jueces y juezas de los Juzgados de Paz Letrado Mixtos de los distritos de Lince y San Isidro, exponen que el plazo otorgado para la redistribución de sus expedientes ha resultado exiguo, asimismo, observan la imposibilidad de redistribuir sus procesos que se encuentran en estado de cali fi cación que tienen y que aún recibirán hasta el 31 de julio en curso, por cuanto el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto el cierre de turno para la especialidad laboral a los Juzgados de Paz Letrado Mixtos desde el 1 de agosto del 2023, por lo que solicitan a este despacho una ampliación de plazo para la redistribución de expedientes en la que se encuentran inmersos, que atienda además, la eventualidad descrita anteriormente a fi n que todos los procesos en trámite se remitan hacia los juzgados destino correspondientes. Cuarto.- Que, mediante el mensaje de correo electrónico de vistos el administrador de la sede judicial de los Juzgados de Paz Letrado de los distritos de Santiago de Surco y San Borja comunica a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo su solicitud de prórroga para el plazo de redistribución de expedientes establecida en la resolución administrativa Nº 445-2023-P-CSJLI-PJ, exponiendo además, la problemática suscitada respecto a los inconvenientes técnicos para la redistribución de los procesos que se tramitan mediante expediente judicial electrónico (EJE) en estos órganos jurisdiccionales, situación que corresponde ser atendida por la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial y que viene siendo gestionada desde esta Corte Superior de Justicia. Quinto.- Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de Justicia en sus distintos niveles y áreas. Sexto.- Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018;SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo para la remisión y redistribución de expedientes dispuesta mediante resolución administrativa Nº 445-2023-P- CSJLI-PJ, hasta el 11 de agosto del 2023, a fi n que todos los Juzgados de Paz Letrado correspondientes examinen sus procesos en estado de cali fi cación y, remitan aquellos que una vez en estado de trámite, deban ser redistribuidos hacia los órganos jurisdiccionales de destino. Artículo Segundo.- DISPONER que las Juezas y Jueces de los Juzgados de Paz Letrado Mixtos y Juzgados de Paz Letrado Laborales, informen a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre el cumplimiento de lo ordenado, en el plazo de 48 horas de concluido el plazo concedido en la presente Resolución Administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo sexto de la Resolución Administrativa Nº 445-2023-P-CSJLI/PJ al correo electrónico updcsjlima@pj.gob.pe bajo apercibimiento de informar a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución administrativa en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia y de la Gerencia General para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2203091-1 Amplían plazo de remisión y redistribución de expedientes a que se refieren las Resoluciones Administrativas N° 454 y 466-2023-P-CSJLI-PJ de la Corte Superior de Justicia de Lima, hasta el 15 de agosto de 2023; y dictan diversas disposiciones Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000476-2023-P-CSJLI-PJ Lima, 1 de agosto del 2023VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 270 y 307-2023-CE-PJ, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fechas 07 y 24 de julio de 2023, respectivamente; las Resoluciones Administrativas Nº 454 y 466-2023-P-CSJLI-PJ de fechas 21 y 26 de julio del 2023, el O fi cio S/N emitido por la Magistrada del 18º Juzgado Penal Liquidador de fecha 26 de julio de 2023 y, el O fi cio Nº 00558-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 31 de julio de 2023; y, CONSIDERANDO:Primero. Mediante las resoluciones de vistos emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso la reubicación del 18º, 14º, 16º y 28º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes de esta Corte Superior de Justicia hacia otras Cortes Superiores de Justicia, a partir del 01 de agosto del 2023, entre otros motivos, por tener la plaza vacante de juez; disponiendo, además la redistribución de toda su carga procesal entre sus pares. Segundo. En atención a ello, mediante las resoluciones de vistos esta Presidencia dispuso las acciones administrativas necesarias para la redistribución de expedientes, conforme a lo dispuesto por el Consejo