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26 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2023 El Peruano / Ejecutivo del Poder Judicial, estableciendo como plazo máximo para la redistribución de expedientes hasta el 31 de julio del presente año. Tercero. Mediante O fi cio de vistos, la Magistrada Diana Zavaleta Tantaruna, Jueza a cargo del 18º Juzgado Penal Liquidador Permanente informa que debido a la carga procesal que afronta el citado juzgado, la labor de redistribución de expedientes a la Mesa de Partes Única continuaría con posterioridad al 31 de julio de 2023; por lo que solicita una ampliación de plazo para culminar con la redistribución de toda la carga procesal. Cuarto. De la revisión del Sistema de Consulta Estadístico (SICE) se advierte que, al mes de junio, la carga total entre los cuatro Juzgados Penales Liquidadores ascendía a más de 3,900 expedientes, cantidad que requiere de un tiempo prudencial para la preparación, remisión y redistribución de los expedientes; sin embargo, considerando que la Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE-PJ fue noti fi cada a la Corte Superior de Justicia de Lima con fecha 24 de julio de 2023, así como los días no laborables por el feriado largo del 27 al 30 de julio del presente año, dejaba un plazo demasiado corto para la ejecución de las disposiciones emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por las cuales la conversión y reubicación del 18º, 14º, 16º y 28º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes sería a partir del 01 de agosto del 2023. Quinto. De otro lado, mediante o fi cio de vistos, este Despacho ha requerido al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la reconsideración de la reubicación del 14º y 28º Juzgado Penal Liquidador Permanente hacia las Cortes Superiores de Justicia del Santa y de Cusco, respectivamente, al contar con plaza de juez titular, pedido que se encuentra pendiente de pronunciamiento; sin embargo, considerando que a la fecha las medidas dispuestas se vienen ejecutando, resulta necesario que la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia disponga las acciones administrativas pertinentes, a fi n de concluir con el proceso de remisión y redistribución de expedientes del 18º, 14º, 16º y 28º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes. Sexto. La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de justicia en sus distintos niveles y áreas. Sétimo. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de remisión y redistribución de expedientes a que se re fi eren las Resoluciones Administrativas Nº 454 y 466-2023-P-CSJLI-PJ, hasta el 15 de agosto de 2023, debiendo observar todos los lineamientos establecidos en las citadas resoluciones administrativas. Artículo Segundo.- DISPONER que el Administrador y/o Administradora de las sedes judiciales donde se ubican el 18º, 14º, 16º y 28º Juzgados Penales Liquidadores supervisen las labores del personal jurisdiccional adscrito a las citadas dependencias, veri fi cando el efectivo cumplimiento de la remisión y redistribución de todos los expedientes, en el plazo dispuesto en la presente resolución administrativa. Artículo Tercero.- DISPONER que los Jueces y Juezas de los Juzgados Penales Liquidadores de destino inmersos en este procedimiento de redistribución de expedientes, informen a esta Presidencia con conocimiento de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, acerca de la debida recepción de todos los expedientes mediante el SIJ, así como las observaciones que tengan al respecto, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de vencido el plazo para la remisión de expedientes, bajo apercibimiento de informar a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Coordinación de Informática remita a la Mesa de Partes Única para la especialidad penal, la relación de escritos ingresados al 18º, 14º, 16º y 28º Juzgado Penal Liquidador, precisando el tipo de ingreso (físico o electrónico), una vez culminado el procedimiento de redistribución de expedientes ampliada por la presente resolución, para su clasi fi cación y posterior remisión al Juzgado correspondiente, para la atención correspondiente por parte del Juzgado de destino; debiendo la Unidad de Servicios Judiciales gestionar las acciones necesarias para tal fi n, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución administrativa en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia de Lima, de la Gerencia General y de la Gerencia Administrativa Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2203148-1 Dejan sin efecto la Resolución Administrativa Nº 466-2023-P-CSJLI-PJ de la Corte Superior de Justicia de Lima y dictan diversas disposiciones Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000484-2023-P-CSJLI-PJ Lima, 8 de agosto del 2023VISTAS:La Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE- PJ de fecha 24 de julio de 2023; las Resoluciones Administrativas Nº 466 y 476-2023-P-CSJLI-PJ de fechas 26 de julio y 01 de agosto de 2023, respectivamente; la Resolución Administrativa Nº 328-2023-CE-PJ de fecha 07 de agosto de 2023; y, CONSIDERANDO:Primero. Mediante Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso reubicar temporalmente, por el período de seis meses, el 28º, 14º y 16º Juzgado Penal Liquidador Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, que no cuentan con jueces titulares, hacia la Corte Superior de Justicia del Cusco, Santa y Tacna, respectivamente; a partir del 1 de agosto de 2023. Segundo. Asimismo, la citada resolución administrativa dispuso la redistribución de toda la carga procesal del 28º, 14º y 16º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes, entre los órganos jurisdiccionales de la misma competencia territorial y funcional. Tercero. Al respecto, en cumplimiento de lo ordenado en la Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE-PJ, la Presidencia de esta Corte expidió las resoluciones de vistos, por la cual dispuso las medidas pertinentes para la redistribución de la carga procesal de los juzgados penales liquidadores reubicados, hasta el 15 de agosto del presente año. Cuarto. A mérito del pedido de reconsideración formulado mediante O fi cio Nº 558-2023- P-CSJLI-PJ