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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (09/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de agosto de 2023 El Peruano / ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA Encargan temporalmente funciones de jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración del SANIPES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 066-2023-SANIPES/PE San Isidro, 8 de agosto de 2023 VISTO: La Carta de fecha 06.08.2023, el Memorando N°176- 2023-SANIPES/PE de la Presidencia Ejecutiva, el Informe N°175-2023-SANIPES/OA de la O fi cina de Administración, el Memorando N°479-2023-SANIPES/GG de la Gerencia General; y, el Informe N°286-2023-SANIPES/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30063 se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante “TUO LPAG”), prescribe lo siguiente: “72.2 Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia”; Que, los numerales 84.1 y 84.2 del artículo 84 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, establecen que el desempeño de los cargos de los titulares de los órganos administrativos pueden ser suplidos temporalmente en caso de vacancia o ausencia justi fi cada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquellos; siendo que este suplente sustituye al titular para todo efecto legal, ejerciendo las funciones del órgano con la plenitud de los poderes y deberes que las mismas contienen; Que, en ese sentido el artículo 11° del Decreto Supremo Nº075-2008-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº1057, modi fi cado por Decreto Supremo Nº065-2011-PCM, los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la Entidad o quedar sujetos, únicamente, a las siguientes acciones administrativas de desplazamiento de personal: entre otros a) la designación temporal, “(…) como directivo superior o empleado de con fi anza (…)”; Que, a través del literal a) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la Idoneidad en el acceso y ejercicio de la Función Pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se de fi ne el término “Encargatura”: “Forma de desplazamiento temporal para el desempeño de funciones de responsabilidad de dirección. Esta se rige de acuerdo a la normativa de la materia correspondiente, “(…) Encargo de funciones, acción mediante la cual se autoriza el desempeño de las funciones por ausencia del titular del cargo por vacaciones, licencia, destaque o comisión de servicio (…); Que, el numeral b) del artículo 50° del Reglamento Interno de los Servidores Civiles del SANIPES, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°058-2023- SANIPES/PE, establece respecto al Encargo Temporal de Funciones, “(…) es una acción mediante la cual se autoriza el desempeño de las funciones por ausencia del titular del cargo por vacaciones, licencia, destaque o comisión de servicio (…)”; Que, asimismo, el numeral 17.1 del artículo 17° del Decreto Supremo N°004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “(…) la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción (…)”; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°041-2023-SANIPES/PE, se designa a partir del 17 de mayo de 2023, al Lic. Alejandro Lorenzo Gonzales González, en el cargo de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES; Que, mediante Carta de fecha 06 de agosto de 2023, el señor Lic. Alejandro Lorenzo Gonzales González, presentó su renuncia irrevocable al cargo de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES; Que, con Memorando N°176-2023-SANIPES/PE, la Presidencia Ejecutiva dispuso a la Gerencia General, proceda con formalizar la aceptación de la renuncia presentada, mediante el acto resolutivo correspondiente, solicitando además que realice los trámites respectivos a fi n de evaluar la encargatura de funciones de la Unidad de Recursos Humanos al servidor Lic. Luis Martín Palacios Guerrero, en adición a sus funciones contraídas por Contrato Administrativo de Servicios – CAS, a partir del 08 de agosto de 2023; el cual fue trasladado por la Gerencia General a la O fi cina de Administración para su evaluación; Que, mediante Informe N°175-2023-SANIPES/OA, la O fi cina de Administración evalúa la viabilidad y emite opinión favorable a la encargatura de funciones al servidor Lic. Luis Martín Palacios Guerrero, para desempeñar las funciones de la Unidad de Recursos Humanos, en adición a las funciones a su cargo de Especialista en Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, al cumplir con las condiciones y requisitos exigidos para su puesto actual, hasta la designación de su titular; de manera posterior, fue trasladado mediante Memorando N°479-2023-SANIPES/GG, por la Gerencia General a la O fi cina de Asesoría Jurídica para la formalización de lo dispuesto por la Presidencia Ejecutiva Que, mediante Informe N°286-2023-SANIPES/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable que la Presidencia Ejecutiva, emita el acto resolutivo, a través del cual, se encargue temporalmente las funciones de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES, al Lic. Luis Martín Palacios Guerrero, con e fi cacia al 08 de agosto de 2023, en adición a su cargo de Especialista en Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 10° y 11° del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021/SANIPES-PE, la Presidencia Ejecutiva ejerce la titularidad de la entidad y es su máxima autoridad ejecutiva. Además de ejercer la titularidad del pliego; asimismo, tiene entre sus funciones, expedir resoluciones en las materias de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el artículo 50° del Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 058-2023-SANIPES/PE, corresponde a la Presidencia Ejecutiva autorizar el encargo de funciones de los cargos de con fi anza señalados en el Cuadro de Asignación de Personal;