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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (23/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 99

99 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023 El Peruano / Dado que el último Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la UNESCO, formalizado por intercambio de comunicaciones de 2022, asegura la condición del CRESPIAL como centro de categoría 2 con los auspicios de la UNESCO hasta el 31 de diciembre de 2022, se hace necesario extender el referido plazo hasta el 20 de octubre de 2023, en conformidad con la Decisión 215 EX/18.VI ya mencionada. Por tal razón, tengo el honor de proponer a usted, en nombre del Gobierno de la República del Perú, la continuación del funcionamiento del CRESPIAL como centro de categoría 2 hasta el 20 de octubre de 2023, bajo los términos del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en Cusco (Perú)” suscrito en Paris el 21 de julio de 2014. En caso sea aceptada esta propuesta, la presente Nota y su comunicación de respuesta en la que conste la conformidad de la UNESCO, constituirán un nuevo Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el cual entrará en vigor en la fecha de recepción de la nota mediante la cual el Gobierno de la República del Perú comunique, por esta misma vía, a la UNESCO, el cumplimiento de los procedimientos internos para tal efecto. Me valgo de la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi más distinguida consideración. (Firmado) ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores A la Honorable señoraAUDREY AZOULAY Directora General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO París.- The Assistant Director-General Sector for Priority Africa and External relations H.E. Ms Silvia Elena Alfaro Espinosa Ambassador, Permanent Delegate of theRepublic of Peru to UNESCOUNESCO House 20 February 2023Ref.: DG/23/113Dear Ambassador,I refer to the note addressed to the Director-General of UNESCO by the Minister of Foreign Affairs of Peru on 29 December 2022, regarding the Agreement between the Government of the Republic of Peru and UNESCO for the Regional Centre for the Safeguarding of the Intangible Cultural Heritage of Latin America (CRESPIAL), a Category 2 Centre under the auspices of UNESCO based in Cusco, Peru. On behalf of the Director-General, I wish to con fi rm that in accordance with Decision 215 EX/18.VI of the UNESCO Executive Board, the present exchange of letters constitutes an agreement between the Government of the Republic of Peru and UNESCO, allowing CRESPIAL to continue operating until 20 October 2023. This agreement will enter into force on the date that the Government of the Republic of Peru communicates to UNESCO that the necessary internal procedures for this purpose have been completed. This will permit the Centre to operate under the auspices of UNESCO, in line with the Organization’s 2019 Strategy for Category 2 Institutes and Centres, and will allow suf fi cient time for the completion of the Centre’s renewal process, pursuant to the UNESCO Executive Board Decision 212 EX/18.X. Please be informed that, pursuant to Section E.2(iv) (b) of the Strategy for Category 2 Institutes and Centres under the auspices of UNESCO, if a new Agreement is not entered into force within two years following that decision of the Executive Board, that is to say, by 20 October 2023, the renewal of the designation of CRESPIAL as a centre under the auspices of UNESCO shall be considered null and void. Thanking you for your country’s support in the implementation of the 2003 Convention for the Safeguarding of the Intangible Cultural Heritage in Latin America and the Caribbean, I remain, Yours sincerely,(Firmado) FIRMIN EDOUARD MATOKO La Subdirectora General Sector de la Prioridad África y de Relaciones Exteriores Excma. Sra. Silvia Elena Alfaro Espinosa Embajadora, Delegada Permanente de la República del Perú ante la UNESCOCasa de la UNESCO 20 febrero 2023Ref.: DG/23/113Señora Embajadora,Me complace referirme a la nota dirigida al Director General de la UNESCO por la Ministra de Relaciones Exteriores del Perú del 29 de diciembre de 2022, en relación con el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la UNESCO referente el Centro Regional para la Salvaguardia del Bien Inmaterial Cultural Patrimonio de América Latina (CRESPIAL), Centro Categoría 2 auspiciado por la UNESCO con sede en Cusco, Perú. En nombre del Director General, deseo con fi rmar que, de conformidad con la Decisión 215 EX/18.VI del Consejo Ejecutivo de la UNESCO, el presente Intercambio de Notas constituye un acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la UNESCO, permitiendo a CRESPIAL continuar operando hasta el 20 de octubre de 2023. Este acuerdo entrará en vigor en la fecha en que el Gobierno de la República del Perú comunique a la UNESCO que se han completado con los procedimientos internos necesarios para este fi n. Esto permitirá que el Centro funcione auspiciado por la UNESCO, de conformidad con la Estrategia 2019 de la Organización para los Institutos y Centros de Categoría 2, y dará tiempo su fi ciente para completar el proceso de renovación del Centro, de conformidad con la Decisión 212 EX/18.X del Consejo Ejecutivo de la UNESCO. Le informamos que, de conformidad con la Sección E.2(iv)(b) de la Estrategia para Institutos y Centros de Categoría 2 auspiciados por la UNESCO, si no entra en vigor un nuevo Acuerdo en un plazo de dos años a partir de la decisión del Consejo Ejecutivo, es decir, antes del 20 de octubre de 2023, la renovación de la designación de CRESPIAL como centro auspiciado por la UNESCO se considerará nula y sin efecto. Agradeciéndole el apoyo de su país en la implementación de la Convención de 2003 para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial en América Latina y el Caribe, quedo, Muy atentamente, (Firmado) EDOUARD MATOKO 2207723-1