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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (23/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante: LOM), establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 41 de LOM señala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o una conducta o norma institucional; Que, el artículo 18 de la Ley N° 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone la transferencia a título gratuito, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de los siguientes predios de propiedad del Banco de la Nación ubicados en el Cercado de Lima: a) Inmueble ubicado en la esquina formada por la Avenida Nicolás de Piérola y el Jirón Lampa, inscrito en la partida electrónica N° 49067769 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. b) Inmueble ubicado con frente al Parque Universitario, en la Avenida Nicolás de Piérola, inscrito en la partida electrónica N° 07013992 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Que, el referido artículo establece, respecto de los bienes señalados en el considerando precedente, materia de transferencia, que: “la Municipalidad Metropolitana de Lima se encarga de efectuar y solventar el saneamiento registral que requieran los inmuebles materia de transferencia, así como de mantener de forma perpetua en los mismos, parques de acceso libre al público. Cualquier construcción o edi fi cación de estacionamientos o locales comerciales en el subsuelo, parte del sobresuelo o en los aires, incluso si son operados por terceros, genera la obligación de la Municipalidad Metropolitana de Lima de entregar periódicamente al Banco de la Nación, sin más trámite, el 50% de los ingresos netos mensuales que ésta perciba por su explotación.”; Que, a través del Acuerdo de Concejo N° 424- 2022 del 23 de noviembre de 2022, se acordó aceptar la transferencia a título gratuito (donación) a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, consistente en dos (2) predios de propiedad del Banco del Nación; Que, a través del Acuerdo de Concejo Nº 056 del 3 de marzo de 2023, se modi fi caron los artículos 1 y 2 del Acuerdo de Concejo Nº 424-2022, a efectos de realizar las precisiones requeridas por el Banco de la Nación, en cuanto al valor de los predios materia de donación y las facultades del representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima encargado de suscribir los documentos públicos y privados que se requieran para formalizar la transferencia; Que, a través de las Cartas Nº 105-2023-BN/2639 del 10 de abril de 2023 y Nº 108-2023-BN/2639 del 13 de abril de 2023, el Banco de la Nación realizó tres observaciones, que no fueron implementadas en el Acuerdo de Concejo Nº 056-2023; Que, a través del O fi cio N° 000667-2023- EMILIMA- GG del 9 de junio de 2023, la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA, absolviendo las precisiones solicitadas por el Banco de la Nación, remite el proyecto de modi fi cación y rati fi cación del Acuerdo de Concejo Nº 056-2023-MML, el mismo que permitirá viabilizar la suscripción de la minuta y escritura pública de transferencia de dos predios a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, lo cual no irrogará perjuicio a la municipalidad. Que, mediante el Informe N° D000021-2023-MML- OGAJ-OAC del 26 de junio de 2023 la O fi cina de Asuntos Corporativos, con la conformidad de la O fi cina General de Jurídicos a través del Informe N° D000302-2023-MML-OGAJ, concluye que resulta conforme a la normativa vigente que se someta a consideración del Concejo Metropolitano la aprobación del acuerdo que modi fi ca el Acuerdo de Concejo N° 056-2023, con la fi nalidad de materializar y formalizar la transferencia (donación) de los dos predios a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, acorde a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año 2022; Estando a lo expuesto; en uso de las facultades conferidas en los artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; conforme a lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través del Dictamen N° 051-2023-MML-CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales a través del Dictamen N° 069-2023-MML-CMAL el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta; SE ACORDÓ:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo N° 056-2023 del 3 de marzo de 2023. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo 2 del Acuerdo de Concejo N° 424-2023 del 23 de noviembre de 2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo2. Disponer y facultar al Alcalde Metropolitano de Lima, para que pueda realizar los siguientes actos: a. Suscribir documentos públicos o privados que se requieran para resolver el contrato de super fi cie celebrado entre el Banco de la Nación y Municipalidad Metropolitana de Lima, inscrito en la partida especial 12610723 del Registro de Predios de la Zona Registral IX Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, respecto al inmueble ubicado con frente al parque universitario o Av. Nicolás de Piérola, inscrito en la Partida N° 07013992 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP. b. Suscribir todos los documentos públicos o privados que se requieran con la fi nalidad de cumplir con formalizar la transferencia de los dos (2) predios del Banco de la Nación a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima y su correspondiente inscripción registral, incluyendo la suscripción de minutas y escrituras públicas, y cualquier documento que sea necesario sin restricción alguna.” Artículo Tercero.- PRECISAR que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encargará de efectuar y solventar el saneamiento registral que requieran los inmuebles materia de transferencia, así como de mantener de forma perpetua en los mismos, parques de acceso libre al público. Artículo Cuarto.- PRECISAR que cualquier construcción o edi fi cación de estacionamientos o locales comerciales en el subsuelo, parte del sobresuelo o en los aires, incluso si son operados por terceros, genera la obligación de la Municipalidad Metropolitana de Lima de entregar periódicamente al Banco de la Nación, sin más trámite, el 50% de los ingresos netos mensuales que ésta perciba por su explotación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaria del Concejo, noti fi car el presente acuerdo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaria del Concejo la publicación del presente acuerdo en el diario o fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el portal institucional: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2207326-1