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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (23/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023 El Peruano / B del artículo 70, que los gobiernos locales deberán elaborar, aprobar, implementar, actualizar y difundir los programas municipales de educación, cultura y ciudadanía ambiental que incorporen la temática de cambio climático considerando los conocimientos, saberes y prácticas tradicionales y ancestrales de los pueblos indígenas u originarios, de conformidad con el numeral 3 del artículo 27 del Convenio N° 169 de la OIT. 7.1.5 Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM, que aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030 Publicado el 22 de julio del 2021 en el diario o fi cial “El Peruano”, determina en su Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía, en el lineamiento L9.1 Garantizar la integración del enfoque ambiental en la educación formal y comunitaria, en su servicio OP9.S1 Fortalecimiento de capacidades institucionales a los gobiernos subnacionales, para la incorporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; establece como indicador de cobertura el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de su Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA). 7.2 Normas regionales:7.2.1 Ordenanza N° 2523-2022-MML Ordenanza Metropolitana de gestión integral de residuos sólidos municipales Publicado el 19 de marzo de 2020, en el diario “El Peruano”, Título VIII, Artículo 78 Educación Ambiental. La Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales realizan acciones de educación, cultura, comunicación y participación ambiental referente a la gestión de residuos sólidos, priorizando medios de comunicación masivos sobre prácticas adecuadas de manejo de residuos sólidos, en el marco del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental, a fi n de contribuir y reforzar la gestión integral de residuos sólidos y la sostenibilidad del servicio de limpieza pública. 7.2.2 Ordenanza 2269-2020-MML actualiza el Sistema Metropolitano de Gestión ambiental (SGMA) de la Provincia de Lima Publicado el 20 de diciembre de 2022, en el diario “El Peruano”, Título VI, Artículo 738 Educación y Ciudadanía Ambiental. a MML, a través de las unidades orgánicas pertinentes, promueve la educación ambiental en el marco de la Política Nacional de Educación Ambiental y el Plan Nacional de Educación Ambiental como un proceso educativo integral, que busca generar actitudes, conocimientos, valores y comportamientos ambientales en los ciudadanos, mejorando su desempeño ambiental a nivel metropolitano. 7.2.3 Ordenanza N°1734-2013-MML Ordenanza para le gestión y promoción de la educación, Información y Ciudadanía Ambiental en la Provincia de Lima 7.2.4 Ordenanza N°1624-2012-MML- que aprueba la Política Metropolitana del Ambiente Publicado el 18 de setiembre de 2012, en el diario ofi cial “El Peruano”; determina en su Objetivo 5, fomentar una cultura ambiental en la ciudadanía, con especial énfasis en niños, niñas y jóvenes., promoviendo buenas practicas sanitarios y la responsabilidad socio ambiental. 7.3 Normas locales:7.3.1 Ordenanza N°552-2021-MDB que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Breña 2021-2025. El presente Plan de Manejo de Residuos Sólidos contiene características generales del distrito y la gestión de los residuos sólidos en el distrito de Breña, así como el diagnóstico ambiental, el manejo operativo, el sistema de recolección, la evaluación del servicio y aspectos relacionados a la educación ambientaI y la valorización de los residuos sólidos. 7.3.2 Ordenanza N°468 – MDB que aprueba el Plan de Desarrollo local Concertado 2021 con protección al 2030 del distrito de Breña . En el Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de Breña al 2021 con proyecci6n aI2030, se ha planteado ocho objetivas estrair6gicos, contando cada uno de ellos con indicadores y metas a fi n de dar seguimiento y monitoreo en el cumplimiento de los objetivos locales. Las mentas están establecidas al 2021 con el fi n de estar articulados a la temporalidad planteada en la plani fi cación nacional. VIII. POBLACIÓN OBJETIVOLa población objetivo estará representada por:- Escolares y docentes de Instituciones educativas públicas y privadas de educación básica - Jóvenes de universidades, institutos y otras organizaciones sociales entre 18 y 29 años - Población en general de Breña El Programa Municipal EDUCCA – , cuenta con la siguiente población objetivo: Programa Municipal EDUCCA - Escolares PROMOTORES AMBIENTALES ESCOLARESJóvenes PROMOTORES AMBIENTALES JUVENILESPoblación en general PROMOTORES AMBIENTALES COMUNITARIOS a. Promotores ambientales escolares (PAE)La formación de promotores ambientales escolares busca promover, fortalecer y articular las acciones de educación ambiental que las instituciones educativas vienen desarrollando, ya que la comunidad educativa tiene un rol clave en la educación, cultura y ciudadanía ambiental. La promotoría ambiental escolar fomenta la participación de niñas, niños y adolescentes en la gestión ambiental local, promoviendo la corresponsabilidad ciudadana, para la preservación, el cuidado del ambiente y uso sostenible del ambiente y sus recursos mediante la promotoría ambiental escolar. Laslos promotoresas ambientales escolares (PAE) son líderes ambientales, formados para generar conciencia, participación y cultura ambiental entre los miembros de su institución educativa y fuera de ésta, en sus casas, barrios y otras instituciones educativas.