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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (25/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023 El Peruano / actividades urgentes identi fi cadas por la EPS GRAU S.A.; y, gastos operativos derivados de las contrataciones de personal de con fi anza bajo la modalidad CAS a cargo del OTASS; (…), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (...).” Que, mediante la Resolución Directoral N° 000111-2023-OTASS-DE, el OTASS aprueba la desagregación de los recursos, por un monto de S/ 10,967,898.00, de acuerdo con la cadena programática establecida en el inciso 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia; Que, el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al OTASS a realizar transferencias fi nancieras a favor de las empresas prestadoras; precisando en su numeral 16.2, que las transferencias fi nancieras autorizadas, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del Titular del Pliego requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, conforme al artículo 8 del acotado Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados; Que, dentro de este marco normativo, la Dirección de Gestión y Financiamiento mediante el Informe Técnico N° 000034-2023-OTASS-DGF concluye lo siguiente: i) El Decreto de Urgencia autoriza la transferencia de recursos destinados a fortalecer la gestión comercial de la EPS GRAU S.A. mediante actividades urgentes, que buscan garantizar la continuidad de la prestación del servicio dentro de su ámbito de responsabilidad; ii) De acuerdo con la exposición de motivos del Decreto de Urgencia, se requiere establecer una línea de corte al inicio de la administración y a su culminación a fi n de, determinar el estado situacional de la infraestructura, así como la gestión operacional, comercial, administrativa y fi nanciera de la empresa; y, iii) El presupuesto autorizado en el Decreto de Urgencia, en la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Trasferencias por el monto de S/ 6,690,000,00 está destinado a fi nanciar actividades urgentes identi fi cadas por la EPS GRAU S.A., las cuales, son concordantes con la fi nalidad del citado Decreto de Urgencia y su respectiva exposición de motivos; Que, a través del Informe Técnico N° 000030- 2023-OTASS-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite informe favorable para la transferencia fi nanciera a favor de la EPS GRAU S.A. por el monto S/ 6,690,000.00, en el marco del Decreto de Urgencia, para tal efecto, previamente evalúa y sustenta los aspectos en materia de su competencia, en atención a lo dispuesto en el numeral 16.2 del artículo 16 de la citada Ley Nº 31638 y en el marco de sus competencias atribuidas en el ROF del OTASS y en la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público; asimismo, señala que ha veri fi cado la disponibilidad presupuestal para atender la citada transferencia fi nanciera, entre otros aspectos; Que, con Informe Legal Nº 000287-2023-OTASS- OAJ, l a Ofi cina de Asesoría Jurídica en consideración a la evaluación y recomendación realizada por la Dirección de Gestión y Financiamiento y la opinión favorable emitida por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la presente transferencia fi nanciera; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión y Financiamiento, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica;De conformidad con la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 024-2023 “Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, para autorizar la transferencia de recursos destinados a fortalecer la gestión de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) en zonas declaradas en estado de emergencia ante intensas precipitaciones pluviales y por la probable ocurrencia del Fenómeno El Niño, y dicta otras medidas”; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y la Resolución del Consejo Directivo N° 010-2021-OTASS-CD. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, hasta por la suma d e S/ 6,690,000.00 (Seis millones seiscientos noventa mil con 00/100 soles), a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A., destinada a fi nanciar exclusivamente los fi nes establecidos en el Decreto de Urgencia N° 024- 2023, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2023 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores reciben Asistencia Técnica y Financiera para la prestación del servicio, Actividad 5006196: Asistencia Técnica y Financiera a los Prestadores, Meta Presupuestal 0066 Asistencia fi nanciera para la ejecución de actividades urgentes para la EPS GRAU S.A., Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5: Gastos Corrientes, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Sub Genérica de Gasto 2.4.1: Donaciones y Transferencias Corrientes, Detalle de la Especí fi ca de Gasto: 2.4.1.3.1.4: A otras Entidades Públicas. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos en el marco del Decreto de Urgencia N° 024-2023. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS, supervisa la correcta ejecución de los recursos transferidos y veri fi ca el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la O fi cina de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, y a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima – EPS GRAU S.A., para los fi nes correspondientes.