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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2023 El Peruano / generales la de determinar las entidades públicas del Poder Ejecutivo, de los demás poderes del Estado y niveles de gobierno, así como los organismos constitucionalmente autónomos que deben participar obligatoriamente en la Plataforma MAC, de acuerdo con criterios de demanda, impacto social, accesibilidad y cercanía, pertenencia a una cadena de trámites o eventos de vida , entre otros que establezca; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2022-PCM/SGP, se aprueba el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC vigente, que tiene como objetivo establecer el modelo de funcionamiento, así como los procesos y procedimientos básicos que garanticen la calidad de los servicios y la atención que requiere la ciudadanía en los Centros MAC, de acuerdo a los lineamientos de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en el numeral 1.4 del acotado Manual de Funcionamiento, se dispone su revisión con una frecuencia anual por la Subsecretaría de Calidad de Servicios de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fi n de identi fi car oportunidades de mejora en las operaciones del Centro MAC; Que, la Subsecretaría de Calidad de Servicios ha realizado la revisión del citado manual; identi fi cando oportunidades de mejora teniendo en cuenta las experiencias acumuladas obtenidas de la operación de los Centros MAC durante el año 2022; las cuales coadyuvarán a optimizar el funcionamiento de los Centros MAC y a lograr los resultados esperados de manera efi ciente, e fi caz y oportuna a fi n de brindar servicios de calidad en bene fi cio de la ciudadanía; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar un nuevo Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC, cuyas disposiciones son de obligatorio cumplimiento para las entidades administradoras y participantes de los Centros MAC; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1447 y la Ley Nº 31687, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1211, aprobado por Decreto Supremo Nº 090-2019-PCM, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Apruébese el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución; cuyas disposiciones son de obligatorio cumplimiento en todos los Centros MAC a nivel nacional. Artículo 2.- Supervisión La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Subsecretaría de Calidad de Servicios, supervisa el cumplimiento de las disposiciones del Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centro MAC aprobado en el artículo 1 precedente. Artículo 3.- Derogación Déjese sin efecto la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2022-PCM/SGP, que aprueba el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y sus Anexos en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HEBER CUSMA SALDAÑA Secretario de Gestión Pública 2240811-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para que participe en el evento “Roadshow de Inversiones Miami” a realizarse en los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 363-2023-MINCETUR Lima, 27 de noviembre de 2023VISTO, el O fi cio N° 000884-2023-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ, a través de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, es responsable de promover al Perú como destino de la inversión empresarial, con énfasis en el desarrollo de oferta competitiva de los sectores económicos priorizados del país para los mercados internacionales, aprovechando la red de contactos en el país y el exterior, que permitan originar nuevas oportunidades de negocios a las empresas, crecimiento económico y bene fi cios para el país; Que, PROMPERÚ llevará a cabo el evento “Roadshow de Inversiones Miami” en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América, del 4 al 6 de diciembre de 2023, para la promoción de las ventajas, atributos y oportunidades de inversión en el Perú y el fortalecimiento de lazos comerciales con los potenciales inversionistas de los sectores priorizados, mediante reuniones bilaterales, conferencias y actividades de relacionamiento con potenciales inversionistas y medios internacionales; Que, resulta de interés institucional la participación del señor Daniel Ignacio Córdova Espinoza, Director de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales de PROMPERÚ, en el evento “Roadshow de Inversiones Miami”, lo que permitirá atraer inversión extranjera directa en alta tecnología, turismo y manufacturas diversas; Que, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los