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9 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2023 El Peruano / servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Daniel Ignacio Córdova Espinoza, Director de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, a la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América, del 4 al 7 de diciembre de 2023, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el “Roadshow de Inversiones Miami”, a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectúan con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos día US$Nº díasTotal Viáticos US$ Daniel Ignacio Córdova Espinoza1 077,35América del Norte440,00 3 1 320,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presenta a la Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2239588-1 Autorizan viaje de representante del MINCETUR para participar en evento a realizarse en Uruguay RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 366-2023-MINCETUR Lima, 28 de noviembre de 2023VISTO, el Memorándum N° 1575-2023-MINCETUR/ VMT, del Viceministerio de Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, es el organismo competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales y promueve, orienta y regula la actividad turística con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el día 5 de diciembre de 2023, se llevará a cabo el Foro de Turismo Inclusivo – Sin Barreras, Sin Excusas, organizado por el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF) y el Ministerio de Turismo del Uruguay, encuentro que busca generar un espacio de intercambio de experiencias, herramientas y estrategias para analizar e identi fi car, desde las políticas públicas, abordajes respecto al turismo inclusivo en la región; Que, la CAF ha invitado al MINCETUR a participar en dicho evento, realizando la ponencia del Panel “Buenas prácticas en destinos turísticos accesibles”; Que, de acuerdo con el artículo 74-D del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y sus modi fi catorias, la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo tiene entre otras funciones la de coordinar el diseño e implementación de programas de turismo inclusivo con organismos públicos y privados, orientados a facilitar y crear oportunidades para el disfrute de actividades turísticas a favor de grupos poblacionales con acceso limitado a dichos servicios; Que, por tanto, resulta de interés institucional la participación de la señora Rosa María García-Rosell Zuloaga, Especialista en Turismo Social de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística, como expositora en el Foro antes mencionado, con el fi n de compartir la experiencia peruana y las medidas que se vienen realizando a nivel nacional con el objetivo de fortalecer la agenda de trabajo a favor del turismo inclusivo, así como buscar oportunidades de cooperación; Que, la entidad organizadora del evento asumirá los gastos de pasajes aéreos, hospedaje y traslado interno del presente viaje, por lo que el MINCETUR asumirá los gastos por concepto de alimentación; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Rosa María García-Rosell Zuloaga, Especialista en Turismo Social de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 3 al 6 de diciembre de 2023, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participe en el evento a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos x día US$Total Viáticos US$ Rosa María García-Rosell Zuloaga 111,00 x 2 222,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Rosa María García-Rosell Zuloaga presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asiste. Asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2239773-1