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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / NTP 100.204:2023 PRODUCTOS ORGÁNICOS. Manejo de plagas en producción orgánica. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 100.204:2020 NTP-ISO 25550:2023 Sociedades que envejecen. Requisitos generales y directrices para una fuerza laboral que tenga en cuenta la edad.1ª Edición Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 334.098:2015 CALES. Materiales encalantes agrícolas. Requisitos. 2ª Edición NTP 205.068:2015 SÉMOLA DE CEREALES. Determinación de cenizas. 1ª Edición NTP 209.116:2014 (revisada el 2019) ADITIVOS ALIMENTARIOS. De fi niciones y clasi fi cación. 3ª Edición NTP 209.111:2014 (revisada el 2019) ADITIVOS ALIMENTARIOS. Principios generales para el empleo de aditivos alimentarios. 3ª Edición NTP 011.203:1988 (revisada el 2021) COCHINILLA. Método de ensayo para la determinación de impurezas. 1ª Edición NTP 011.207:1988 (revisada el 2021) COCHINILLA. Método de ensayo para la determinación del contenido de humedad. 1ª Edición NTP 011.225:1988 (revisada el 2021) COCHINILLA. Método de ensayo para la determinación del tamaño. 1ª Edición NTP 924.002:2014 (revisada el 2021) JUEGOS MECÁNICOS. Práctica normalizada para propiedad y operación de juegos mecánicos y dispositivos. 1ª Edición NTP 011.025:2010 MANGO. Mango fresco. Determinación de madurez fi siológica. 1ª Edición NTP 011.025:2010/CT 1:2019 MANGO. Mango fresco. Determinación de madurez fi siológica. CORRIGENDA TÉCNICA 1. 1ª Edición NTP 100.204:2020 PRODUCTOS ORGÁNICOS. Manejo de plagas en producción orgánica. 1ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección de Normalización 2247175-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que autoriza a la Autoridad Nacional del Agua a efectuar el pago de cuota no contemplada en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2023, de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua DECRETO SUPREMO Nº 047-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se aprueba el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2023, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2023; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la Ley Nº 31638, las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B: Cuotas Internaciones - Año Fiscal 2022, se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, en atención a la formalidad establecida en el numeral 69.2 del artículo 69 del referido Decreto Legislativo, el pago de las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro de Relaciones Exteriores y el ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante O fi cio N° 3174-2023-MIDAGRI-SG, de 6 de diciembre de 2023, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la autorización para efectuar el pago de las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a cargo de la Autoridad Nacional del Agua; Que, en el presupuesto del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua se han previsto los recursos para el pago de las cuotas internacionales a favor de la Red Internacional de Organismos de Cuenca – RIOC y el Consejo Mundial del Agua – WWC; Que, en virtud del numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante – AIR Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente proyecto normativo se considera excluido del alcance del AIR Ex Ante; Que, de la evaluación realizada y priorización correspondiente, resulta necesario autorizar a la Autoridad Nacional del Agua a efectuar el pago de las referidas cuotas no contempladas en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2023 de la Ley Nº 31638, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua; De conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación Se aprueban las cuotas internacionales a favor de la Red Internacional de Organismos de Cuenca – RIOC y el Consejo Mundial del Agua – WWC. Artículo 2.- Autorización. Autorizar a la Autoridad Nacional del Agua efectuar el pago en el Año Fiscal 2023 de las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, conforme se detalla a continuación: PLIEGOMONTO (En soles)PERSONA JURIDICA 164: AUTORIDAD NACIO- NAL DEL AGUA4 000,00Red Internacional de Organismos de Cuenca - RIOC