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35 NORMAS LEGALES Sábado 7 de enero de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, a la Dirección General de Personal de la Salud; así como al Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIERREZ PALOMINO Ministra de Salud 2141163-1 Designan Ejecutivo Adjunto II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 025-2023/MINSA Lima, 6 de enero del 2023CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 319-2022- OGGRH/MINSA, de fecha 5 de mayo de 2022, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP-P N° 004) del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de confi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor ALEJANDRO CÓRDOVA LA TORRE, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor ALEJANDRO CÓRDOVA LA TORRE, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II (CAP – P Nº 004), Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2141166-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Amplían plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial denominado “Mesa de Trabajo encargada de proponer mecanismos específicos para la promoción y formalización del autoempleo productivo en condiciones de trabajo decente” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2023-TR Lima, 6 de enero de 2023VISTOS: el Memorando N° 1452-2022-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; la Hoja de Elevación N° 1059-2022-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Informe N° 955-2022-MTPE/3/17.1 de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo; el Memorando N° 0929-2022-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0016-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 229-2022- TR se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominado “Mesa de Trabajo encargada de proponer mecanismos especí fi cos para la promoción y formalización del autoempleo productivo en condiciones de trabajo decente”, cuya vigencia culmina el 10 de enero de 2023; Que, de conformidad con el artículo 3 de la referida resolución ministerial, el Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por (i) El/la Director/a General de la Dirección General de Promoción del Empleo (quien lo preside); (ii) El/la Director/a General de la Dirección General de Trabajo; (iii) El/la Director/a General de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; y, (iv) Tres representantes de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT; Que, a través del Acta N° 006-2022/GTS-MTPE- DGPE, de fecha 05 de diciembre de 2022, el Grupo de Trabajo Sectorial acuerda, entre otros, “la ampliación del GTS por un periodo de 60 días hábiles, con el fi n de llevar a cabo los procesos de consulta necesarios en el marco de los lineamientos y modelos de servicios; así como la elaboración del informe fi nal del grupo con recomendaciones adicionales de política pública”. Que, mediante el Memorando N° 1452-2022-MTPE/3, el Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral remite la Hoja de Elevación Nº 1059-2022-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo, que adjunta el Informe N° 955-2022-MTPE/3/17.1 a través de cual la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo sustenta la necesidad de ampliar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, señalando expresamente que “el citado Grupo de Trabajo Sectorial, bajo la conducción de la Dirección General de Promoción del Empleo y la Secretaría Técnica por parte de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo, viene realizando las acciones que le corresponden conforme a su plan de trabajo y en el cronograma que se tenía previsto. No obstante, con el fi n de llevar a cabo los procesos de consultora necesarios en el marco de los lineamientos y modelo de servicios, así como la elaboración del informe fi nal del grupo con recomendaciones adicionales de política pública, se considera necesario ampliar la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial en sesenta (60) días hábiles”. Que, asimismo, a través del Memorando N° 0929- 2022-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto traslada la opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que amplía la vigencia del citado Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal; Que, por lo expuesto, resulta necesario emitir la resolución ministerial que amplíe el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, creado mediante Resolución Ministerial N° 229-2022-TR, por sesenta (60) días hábiles, a partir del 10 de enero de 2023; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que