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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2023 (14/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 14 de enero de 2023 El Peruano / mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código PP-005-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: SITIO ARQUEOLÓGICO SAN ISIDRO II VÉRTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 23.45 133°41’59” 745184.3970 9368954.10202 2-3 8.43 66°10’36” 745207.8400 9368953.49503 3-4 35.39 216°22’20” 745204.2370 9368945.87504 4-5 15.11 146°50’54” 745211.0300 9368911.14105 5-6 23.43 150°43’51” 745205.3500 9368897.14306 6-7 11.69 170°19’54” 745187.0540 9368882.51407 7-8 11.11 165°33’10” 745176.8260 9368876.85008 8-9 26.68 178°38’12” 745166.0760 9368874.06409 9-10 4.84 85°8’35” 745140.0930 9368867.9860 10 10-11 23.46 170°39’37” 745139.3930 9368872.7790 11 11-12 10.1 162°5’17” 745139.8150 9368896.2340 12 12-13 9.68 175°56’21” 745143.0930 9368905.785013 13-14 21.01 161°55’54” 745146.8770 9368914.698014 14-1 33.44 175°53’21” 745160.6780 9368930.5340 TOTAL 257.82 2160°00’00” Área: 4035.04 m² (0.4035 ha) Perímetro: 257.82 m. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2022-DRCHC-DDC CAJ/MC de fecha 28 de diciembre de 2022, así como en los Informes N° 000032-2023-DSFL/MC, Informe N° 000003-2023-DSFL-DRM/MC y en el Plano Perimétrico con código PP-005-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xRealizar las coordinaciones interinstitucionales entre la Dirección desconcentrada de cultura de Cajamarca, autoridades locales y la municipalidad provincial de Jaén, para que, mediante el área de agricultura plani fi cación urbana y territorial, con el objetivo de prevenir afectaciones al sitio arqueológico. Del mismo modo alcanzar a la autoridad competentes una copia del expediente de la poligonal de protección en proceso de saneamiento y aprobación por lo tanto no se debe otorgar ningún título de propiedad o permisos para mejora de infraestructura dentro o colindante al sitio arqueológico. - Señalización: xRealizar las coordinaciones interinstitucionales entre la Dirección desconcentrada de cultura de Cajamarca, Gobierno Regional de Cajamarca y la municipalidad provincial de Jaén y otras autoridades competentes, con la fi nalidad de realizar la Monumentalizacion (Con hitos y paneles de señalización), de Sitio Arqueológico “San Isidro II”, debido a que cuenta con propuesta de expediente técnico de de claratoria. Ficha técnica, memoria descriptiva y poligonal depara la intagibilizacion, a fi n de tener la aprobación por la dirección de catastro y saneamiento físico legal de la sede central del Ministerio de Cultura.Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cajamarca, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Jaén a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2022-DRCHC/DDC CAJ/MC de fecha 28 de diciembre de 2022 contenido en el Informe N° 000261-2022/SDDPCICI DDCCAJ-DCC/MC, el Informe N° 000032-2023-DSFL/MC, Informe N° 000003-2023-DSFL-DRM/MC e Informe Nº 000006-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PP-005-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2142479-1 DEFENSA Disponen concluir la designación de miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2023-DE Lima, 13 de enero de 2023VISTOS:El O fi cio N° 00019-2023-MINDEF/SG, de la Secretaría General del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal N° 00022-2023-MINDEF/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133, que dispuso el ordenamiento defi nitivo del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, modi fi có los artículos 12 y 13 del Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar Policial,