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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2023 (16/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 16 de enero de 2023 El Peruano / mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2022, a través del Informe N° 001-2022-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 14 de enero de 2022 y el Informe N° 002-2022-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 23 de junio de 2022, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe N° 010-2022-INACAL/DN.PA el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 07 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Pescados, mariscos y productos derivados, b) Mejores prácticas logísticas, c) Confi tería, d) Salud y seguridad ocupacional, e) Cereales y productos derivados; corresponde dejar sin efecto las correspondientes versiones, por su obsolescencia o porque existen Normas Técnicas Peruanas vigentes con dicho alcance; Que, con base en el informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización designado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°088-2019-INACAL/PE, y renovado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 37-2021-INACAL/PE, en sesión de fecha 29 de diciembre del año 2022, acordó por unanimidad dejar sin efecto 07 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 311.079:1974 (Revisada el 2011) ACEITE EPOXIDADO DE PESCADO. 1ª Edición NTP 231.061:1985 (Revisada el 2010) SACOS DE YUTE PARA HARINA DE PESCADO. 1ª Edición NTP 205.013:1979 (revisada el 2016) CEREALES Y MENESTRAS. Determinación de la masa hectolítrica. 1ª Edición NTP 205.026:1982 (revisada el 2016) CEREALES Y MENESTRAS. Planchas perforadas para tamices de granos. 1ª Edición NTP 208.001:1982 (Revisada el 2011) CARAMELOS, CONFITES Y SIMILARES. De fi niciones, clasi fi cación y requisitos. 1ª Edición NTP 851.001:2009 (revisada el 2014) SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL. Requisitos. 2 a Edición NTP ISO 9425 2002 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Paneles de madera. Determinación del contenido de humedad. 1ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 2141646-1ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Jefe de la Oficina General de Administración del INDECI RESOLUCION JEFATURAL Nº D000009-2023-JEF-INDECI San Isidro, 13 de enero de 2023VISTO: El Informe Técnico N° D 000006-2023-INDECI- RRHH de fecha 13 de enero de 2023 de la O fi cina de Recursos Humanos; sus antecedentes y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29664 se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastres; mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza se efectuará mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, por Resolución Jefatural N° 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de con fi anza en el INDECI, encontrándose en dicha califi cación el cargo de Jefe de la O fi cina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, por lo que resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñe; Con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2013-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor OSCAR ARTURO DE LA CRUZ ORBEGOZO en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.