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14 NORMAS LEGALES Sábado 28 de enero de 2023 El Peruano / Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor HUGO ERNESTO VILELA CONSUELO en el cargo de con fi anza de Coordinador de la Sub Unidad de Logística de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2146880-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2023-RE Lima, 27 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 072-2022- RE, de 16 de junio de 2022, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Vicente Rojas Escalante; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0365- 2022-RE, se fi jó el 18 de junio de 2022, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Vicente Rojas Escalante, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2146926-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican la R.M. Nº 236-2018- TR, sobre designación de Líder del Gobierno Digital del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 058-2023-TR Lima, 27 de enero de 2023VISTOS: el Memorando N° 063-2023-MTPE/4 de la Secretaría General; el Memorando N° 0178-2023-MTPE/4/12 de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 0081-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM y normas modi fi catorias, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y se establece disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas, las señaladas en su artículo 9, que crea el rol de Líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la Administración Pública, “quien es un funcionario o asesor de la Alta Dirección o director de un órgano de línea de la entidad. Es designado mediante acto resolutivo del titular de la entidad”; Que, en ese marco, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, se dispone que cada entidad de la Administración Pública debe constituir un Comité de Gobierno Digital, como un mecanismo de gobierno para la dirección, evaluación y supervisión del proceso de Transformación digital y Gobierno Digital en las entidades de la Administración Pública; debiendo estar conformado, como mínimo por: (i) el/la titular de la entidad o su representante; (ii) el/la Líder de Gobierno Digital; (iii) el/la responsable del área de informática o quien haga sus veces; (iv) el/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces; (v) el/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces; (vi) el/la o fi cial de seguridad de la información; (vii) el/la responsable de área legal o quien haga sus veces; y, (viii) el/la responsable del área de plani fi cación o quien haga sus veces; Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 004-2018-PCM/SEGDI, se aprueban los “Lineamientos del Líder de Gobierno Digital”, estableciéndose que el Líder de Gobierno Digital debe: (i) conocer sobre el marco legal en materia digital; (ii) tener experiencia profesional general en el sector público o privado no menor de cinco (05) años; (iii) conocer sobre el diseño y/o implementación de políticas públicas; (iv) haber participado en proyectos de gobierno digital y/o transformación digital y/o desarrollo social, regional y/o local y/o programas sociales y/o programas de participación ciudadana y/o a fi nes; (v) conocer sobre metodologías ágiles, tecnologías digitales, gestión de servicios, experiencia del ciudadano, gestión de proyectos, y/o a fi nes; y, (vi) haber liderado equipos multidisciplinarios y de coordinación con la alta dirección;