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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (05/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Domingo 5 de febrero de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Villa Toledo, ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código PP-027-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS, presenta las siguientes coordenadas: Zona: 18 Área: 114573.29 m² (11.457 ha)Perímetro: 1438.50 m SITIO ARQUEOLÓGICO VILLA TOLEDO VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 147.9 190°47’29” 303410.5360 8661535.4630 2 2-3 83.85 173°26’59” 303538.8810 8661608.9570 3 3-4 57.19 96°47’19” 303615.9230 8661642.0510 4 4-5 56.64 177°39’8” 303644.5490 8661592.5390 5 5-6 61.34 160°51’52” 303670.8650 8661542.3870 6 6-7 27.47 180°43’42” 303679.9860 8661481.7300 7 7-8 9.03 190°57’3” 303684.4150 8661454.6240 8 8-9 9.81 125°47’32” 303687.5380 8661446.1500 9 9-10 20.5 168°28’30” 303682.0570 8661438.0170 10 10-11 23.64 157°4’11” 303667.4330 8661423.6470 11 11-12 21.9 189°12’6” 303645.4460 8661414.9560 12 12-13 37.85 186°1’36” 303626.6300 8661403.7530 13 13-14 57.92 200°27’25” 303596.3220 8661381.0830 14 14-15 70.77 214°52’48” 303564.9910 8661332.3680 15 15-16 146.66 111°43’21” 303567.6250 8661261.6480 16 16-17 359.74 111°28’12” 303433.4920 8661202.3330 17 17-1 246.29 63°40’47” 303177.6750 8661455.2590 TOTAL 1438.50 2700°0’0” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2023-MRC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 30 de diciembre de 2022, elaborado por la especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 000037-2023-DSFL/MC, Informe N° 000009-2023-DSFLHAH-MC y el plano perimétrico con código N° PP-027-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectaciónxParalizar cualquier obra no autorizada que se ejecute contraviniendo, cambiando o desconociendo las especi fi caciones técnicas y las que afecten de manera directa o indirecta el M.A.P . SeñalizaciónMonumentalización de hitos y señalización ofi cial adicional a la que se tiene en el sitio arqueológico. Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesoriosRetiro de estructuras precarias y elementos ajenos al sitio arqueológico Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2023-MRC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, el Informe N° 000037-2023-DSFL/MC, Informe N° 000009-2023-DSFL-HAH/MC e Informe Nº 000014-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PP-027-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS DirectorDirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2148822-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Dejan sin efecto la Resolución Jefatural N° 0172-2022-MIDAGRI-SENASA y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0016-2023-MIDAGRI-SENASA 3 de febrero de 2023VISTOS:El INFORME-0019-2023-MIDAGRI-SENASA- DIAIA-JCARRASCO de fecha 3 de febrero de 2023, de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria; el INFORME-0012-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI-KLARRAURI de fecha 3 de febrero de 2023, de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Jefatural-0172-2022- MIDAGRI-SENASA, publicada el 23 de noviembre de 2022 en el diario o fi cial El Peruano, se aprueba la modi fi cación, por simpli fi cación administrativa, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, respecto del procedimiento administrativo Nº 9 “Reporte de Inspección y Veri fi cación (RIV) para la importación y tránsito internacional de alimentos de procesamiento primario y piensos”, disponiendo además la inclusión de dos (2) notas con los numerales 3 y 4 en la sección Notas del procedimiento administrativo citado; Que, el numeral 1.13 del inciso 1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº