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17 NORMAS LEGALES Sábado 11 de febrero de 2023 El Peruano / MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xCoordinar, plantear y tomar acciones de manera conjunta con la Municipalidad Distrital de Guadalupe y la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, esto dentro del marco de sus competencias, para la protección y difusión del patrimonio cultural de La Nación dentro de su jurisdicción, así como la defensa y conservación del sitio arqueológico. - Ejecutar, con el apoyo de la Municipalidad Distrital de Gu adalupe y la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, medidas preventivas para evitar el pase libre al sitio arqueológico y la continuación de acciones de posicionamiento ilegal como invasiones, construcciones de viviendas, arrojo de desmonte y basura moderna dentro del polígono del Sitio Arqueológico. - Indicar a las municipalidades la no emisión de certificados de posesión dentro del área conforma nte del sitio arqueológico. Asimismo a las comunidades campesinas de la jurisdicción que conforme lo indica la Ley N° 24657, estas áreas no son consideradas tierras de las mismas, por lo que se encuentran impedidas a dar títulos correspondientes. - Desmontaje xDesmontar la plataforma de cemento moderna construida dentro del área conformante del sitio arqueológico. - Señalización: xColocación de hitos y el repintado de los paneles de señalización Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Santa Elena – Pacasmayo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Guadalupe, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 000001-2023-PCDPC-SDDPCICI-DDC-LIB-APD/MC de fecha 23 de enero de 2023, el Informe N° 000104-2023-DSFL/MC, Informe N° 000011-2023-DSFL-DRM/MC e Informe Nº 000022-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-010-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS DirectorDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2150395-1DEFENSA Autorizan a la Marina de Guerra del Perú a efectuar pagos a oficial por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0123-2023-DE Lima, 8 de febrero de 2023VISTOS: El O fi cio Nº 0442/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00273-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00193-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial N° 0855-2022-DE del 26 de agosto de 2022, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete de Cuarto Año Luciano Gino SCHENONE ZOPPI para que participe en el curso de Entrenamiento Naval Inicial para O fi ciales de la Armada, en el Britannia Royal Naval College, en la localidad de Dartmouth, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 5 de setiembre de 2022 al 11 de agosto de 2023; Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina N° 0731-2022 COMGEMAR (C) del 29 de diciembre de 2022, se otorgó al citado personal militar el grado de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, con fecha 1 de enero de 2023; Que, el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, establece que los Cadetes o alumnos de las Escuelas Técnicas que continúen sus estudios en el extranjero, cuando su promoción en el Perú, a la cual originalmente pertenecen, obtengan su graduación, percibirán la compensación económica correspondiente a su nuevo grado; Que, a través del Informe Legal Nº 006-2023/AS-DGE, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú señala que, en virtud de habérsele otorgado el grado militar de Alférez de Fragata al citado personal, con fecha 1 de enero de 2023, resulta viable autorizar a su favor los pagos del gasto de traslado, correspondiente al retorno y por el concepto de compensación extraordinaria por servicio en el exterior hasta un cuarenta por ciento (40%), por el periodo del 1 de enero al 11 de agosto de 2023, teniendo en cuenta la escala establecida para O fi ciales Subalternos, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, concordante con el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias; Que, mediante O fi cio N° 125/52, el Director General de Educación de la Marina de Guerra del Perú remite a la Comandancia General de la mencionada Institución Armada la documentación técnica que viabiliza la presente autorización de pago, por misión de estudios en el exterior, adjuntando la Exposición de Motivos, la cual señala que es necesario modi fi car el dispositivo legal que autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, al mencionado personal naval, por cuanto el pago por compensación extraordinaria permitirá culminar satisfactoriamente su formación profesional, aplicando posteriormente los conocimientos adquiridos durante su carrera naval en provecho de la Institución Armada; Que, conforme a la Hoja de Gastos Nº 016- 2023, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración y el Director General de Educación de