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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (11/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 11 de febrero de 2023 El Peruano / dicha Institución Armada, se detallan los gastos por concepto de pasaje aéreo (retorno), pasaje terrestre (retorno), gasto de traslado (retorno) y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero hasta un cuarenta por ciento (40%), que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del año fi scal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 016-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuesto de la Dirección de Administración de Personal detalla los recursos que se verán involucrados, asimismo, las Certi fi caciones de Créditos Presupuestarios N° 0000000001, N° 0000000003 y N° 0000000004, emitida por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, con O fi cio Nº 0442/51 , la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú remite un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el pago a favor del Alférez de Fragata Luciano Gino SCHENONE ZOPPI, por el concepto de gastos de traslado correspondiente al retorno y por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero hasta un cuarenta por ciento (40%), por el período del 1 de enero al 11 de agosto de 2023, debido a que continúa realizando estudios en el extranjero y ostenta el grado de Alférez de Fragata; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar y civil del Sector Defensa nombrado en Misión de Estudios, Comisión del Servicio y Tratamiento Médico Altamente Especializado será calculado en base a la determinación establecida para la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar nombrado en misión diplomática, y que se señala en el Anexo 3 del citado Decreto Supremo; Que, el segundo párrafo del citado numeral establece que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, con O fi cio N° 00273-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 054-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje; Que, mediante el Informe Legal N° 00193-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar a la Marina de Guerra del Perú, por medio de resolución ministerial, a efectuar los gastos por concepto de pasaje aéreo (retorno) y pasaje terrestre (retorno), así como los pagos por concepto de gastos de traslado de retorno, e incremento de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, a favor del Alférez de Fragata Luciano Gino SCHENONE ZOPPI por el periodo del 1 de enero al 11 de agosto de 2023, quien se encuentra participando en el curso de Entrenamiento Naval Inicial para O fi ciales de la Armada, en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú a efectuar los pagos, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, a favor del Alférez de Fragata Luciano Gino SCHENONE ZOPPI, durante el periodo del 1 de enero al 11 de agosto de 2023; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle: Pasaje Aéreo (Retorno): Londres - (Reino Unido) - Lima US$ 1,480.54 x 1 persona US$ 1,480.54 Pasaje Terrestre (Retorno): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 66.00 x 1 persona US$ 66.00 Gasto de Traslado (Retorno): (Equipaje, bagaje e instalación) £ 4,227.60 x 1 compensación x 1 persona £ 4,227.60 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: £ 4,227.60 x 7 meses (ene.-jul.) x 1 persona x 40% £ 11,837.28£ 4,227.60 /31 x 11 días (ago.) x 1 persona x 40% £ 600.05 Total a pagar: US$ 1,546.54 Total a pagar: £ 16,664.93 Artículo 2.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2150515-1 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0125-2023-DE Lima, 8 de febrero de 2023 VISTOS: El O fi cio Nº 0540/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00228-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00207-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica.