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34 NORMAS LEGALES Martes 21 de febrero de 2023 El Peruano / énfasis en el cultivo de valores éticos y morales, principios de solidaridad, respeto y responsabilidad mediante la participación efectiva en el proceso de desarrollo local, regional y nacional. Su designación se hará efectiva mediante Resolución Ejecutiva Regional. El Consejo Directivo Regional de Juventud tendrá la siguiente conformación: - Un presidente, representante del Gobierno Regional La Libertad, - Un vicepresidente- Una secretaria técnica - Equipo Técnico, compuesto por los representantes de la juventud organizada de la Región La Libertad uno por provincia y los Gerentes Regionales del Gobierno Regional La Libertad. Que, en fecha 20 de abril del 2009, se emite la Ordenanza Regional N° 010--GR-LL/CR; se aprueba la modi fi cación del Art. 5° de la Ordenanza Regional N° 012-2008-GR-LL/CR; que considera DE LOS PARTICIPANTES En el COREJU de la Región La Libertad están representados por los jóvenes de 15 hasta los 29 años de edad. Que, con RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 3681-2019-GRLL/GOB 16 de diciembre 2019, en su ARTICULO PRIMERO. – Se designa a la representante del Gobierno Regional quién actuará como presidenta del Consejo Regional de la Juventud COREJU.LL; Que, con RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 002-GRLL-GGR/GRDIS 09 de setiembre 2020, se crea la Junta Transitoria de naturaleza temporal, que tiene vigencia durante la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada a causa del COVID-19 y sus respectivas prórrogas, de ser el caso; Que, con fecha 05 de julio de 2022 representantes del COREJU y de la Gerencia Regional de Desarrollo Social reciben Asistencia Técnica vía - Zoom por el área legal de la SENAJU para la elaboración de la propuesta del Proyecto de Ordenanza que crea el Nuevo Consejo Regional de Juventud de La Libertad; Que, mediante INFORME TECNICO N° 000005-2022-GGR-GRDIS-SGIS, de fecha 14 de setiembre del 2022, suscrito por la Abog. Sonia Del Rosario Membrillo Llanos Sub Gerente de Inclusión Social Gobierno Regional La Libertad, OPINA que; La Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social a través de la Sub Gerencia de Inclusión Social - área de Juventud busca homogenizar y asumir el gran reto de promover y fortalecer la participación de los y las jóvenes en este escenario y bajo este nuevo enfoque de gobernanza proponemos fomentar la articulación entre Gobierno Nacional, Regional y Local; Que, mediante O fi cio N° 862-2022-GRLL-GGR- GRDIS, de fecha 14 de setiembre de 2022, suscrito por la gerente regional de Desarrollo e Inclusión Social, Tania Soledad Baca Romero, mediante el cual presenta al gerente general regional la propuesta de ordenanza regional que aprueba la creación del Consejo Regional de la Juventud, y deroga la Ordenanza Regional Nº 12-2008-GR-LL/CR; Que, mediante INFORME LEGAL N° 000191-2022-GRLL-GGR-GRAJ-RRA, de fecha 26 de setiembre del 2022, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, a través del Abg. RICARDO LUCIO ALFREDO REYNALTE ACOSTA, EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto de la propuesta de ordenanza regional que aprueba la creación del Consejo Regional de la Juventud, y deroga la Ordenanza Regional N° 12-2008- GR-LL/CR, y su modi fi catoria, la Ordenanza Regional N° 10-2009-GR-LL/ CR; Que, mediante O fi cio N° 1102-2022-GRLL-GGR- GRAJ, de fecha 27 de setiembre de 2022, suscrito por el gerente regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de la Libertad, Abog. Nelson Iván Lozano Chávez, remite el Informe Legal N° 000191-2022-GRLL-GGR-GRAJ-RRA, con OPINION FAVORABLE; Que, mediante OFICIO N° OFICIO-000667-2022- GGR, de fecha 03 de octubre del 2022, suscrito por el Gerente General Regional del Gobierno Regional de La Libertad, se remite a la Presidencia del Consejo Regional, el expediente administrativo solicitando evaluar la aprobación del Pleno del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a la creación del Consejo Regional de la Juventud, y deroga la Ordenanza Regional Nº 12-2008-GR-LL/CR., precisando que cuenta con el informe legal de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; Que, con OFICIO N° 000458-2022-GRLL-CR, de fecha 03 de octubre del 2022, el Presidente del Consejo Regional, remite a la Comisión Ordinaria de la Juventud el expediente administrativo que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a la creación del Consejo Regional de la Juventud, y deroga la Ordenanza Regional Nº 12-2008-GR-LL/CR., para su análisis y dictamen correspondiente; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre del 2022, el Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a: CREA EL NUEVO CONSEJO REGIONAL DE LA JUVENTUD DE LA REGIÓN LA LIBERTAD Y DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL N° 012-2008-GR-LL/CR Y SU MODIFICATORIA, cuyo debate e intervenciones constan en el acta correspondiente a la presente sesión; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad y con fi anza, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD, lo siguiente: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 012-2008-GR-LL/CR y su modi fi catoria; así como, toda norma regional que contravenga lo dispuesto en la presente ordenanza regional. Artículo Segundo. - APRUEBAN Crear el Consejo Regional de Juventud La Libertad como espacio autónomo de representación, diálogo, concertación, consulta y participación ciudadana de jóvenes de 15 a 29 años de edad, cuyos representantes son elegidos de manera democrática en la región La Libertad. El Consejo Regional de Juventud La Libertad, tiene por objetivo desarrollar un trabajo articulado entre los jóvenes y el gobierno regional, con la fi nalidad de contribuir a la promoción del desarrollo integral de las juventudes a través de su participación en la implementación de políticas públicas en la región. Artículo Tercero .- Consejo Regional de la Juventud La Libertad (COREJU) El Consejo Regional de la Juventud La Libertad tendrá las siguientes atribuciones y funciones: a. Coordinar, consultar y concertar políticas y lineamientos regionales de Juventud b. Promover el derecho a la participación y expresión de las y los jóvenes en el marco de la institucionalidad democrática, inclusiva y descentralizada.