Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (22/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de febrero de 2023 El Peruano / Aprueban la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado “Compromisos de Desempeño ESFA 2023”, aplicable a las Escuelas Superiores de Formación Artística de gestión pública del ámbito de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 020-2023-MINEDU Lima, 21 de febrero de 2023VISTOS; el Expediente Nº UFD2023-INT-0006934, el Informe Técnico Nº 00003-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UFD y el O fi cio Nº 00011-2023-MINEDU/SPE-OPEP- UFD, de la Unidad de Financiamiento por Desempeño; el Informe Nº 00003-2023-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística y de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el O fi cio Nº 00036-2023-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA, de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el Informe Nº 00073-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorándum Nº 00045-2023-MINEDU/SPE-OPEP, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00138-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de La Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal i) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, dispone que una de las funciones del Ministerio de Educación es la de liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley Nº 28044, la Educación Superior es la segunda etapa del Sistema Educativo que consolida la formación integral de las personas, produce conocimiento, desarrolla la investigación e innovación y forma profesionales en el más alto nivel de especialización y perfeccionamiento en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología a fi n de cubrir la demanda de la sociedad y contribuir al desarrollo y sostenibilidad del país y su adecuada inserción internacional; Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, es responsable de proponer y coordinar la implementación de metodologías y mecanismos de fi nanciamiento por desempeño dirigidos a instituciones, programas educativos e instancias de gestión educativa descentralizada;Que, el artículo 154 del citado Reglamento, dispone que la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, es el órgano de línea responsable de dirigir, coordinar, promover, efectuar el seguimiento y evaluar la política, así como proponer documentos normativos, en el ámbito de su competencia; asimismo, el artículo 157 del citado Reglamento, dispone que la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, es el órgano de línea responsable de diseñar y formular las políticas, planes y documentos normativos relativos a la regulación y fomento de la calidad y pertinencia de la educación en su ámbito de competencia; Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, mediante el Informe Técnico Nº 00003-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado “Compromisos de Desempeño ESFA 2023”, (en adelante, la propuesta de Norma Técnica) la cual tiene como objetivo general establecer los lineamientos y condiciones para la implementación y cumplimiento del mecanismo de fi nanciamiento por desempeño denominado “Compromisos de Desempeño ESFA 2023”, dirigido a las Escuelas Superiores de Formación Artística (ESFA) de gestión pública en el ámbito de Lima Metropolitana, considerando la opinión favorable de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, mediante O fi cio Nº 00036-2023-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA y el Informe N.º 00003-2023-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística y de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, mediante el Informe Nº 00073-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, emite opinión favorable respecto de la propuesta de Norma Técnica, señalando que se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y se cuenta con los recursos disponibles para su fi nanciamiento; Que, con el Informe Nº 00138-2023-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Vistos, opina que la aprobación de la propuesta de Norma Técnica resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente proseguir con el trámite correspondiente para dichos efectos; Que, el literal a) del numeral 3.5 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 014-2023-MINEDU y Nº 075-2023-MINEDU, señala que el Titular de la Entidad delega en el/la Secretario/a General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023, la facultad de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y aquellos distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU, por la que se delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2023, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 014-2023-MINEDU y Nº 075-2023-MINEDU;