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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (26/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Domingo 26 de febrero de 2023 El Peruano / Contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- Otorgar a la empresa JM&V Consultores S.A.C., persona jurídica liquidadora de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu en Liquidación, la facultad de realizar todos los actos necesarios para dar por canceladas las obligaciones que se mantengan a favor de la referida cooperativa, levantar las garantías que las respalden, así como para emitir los documentos que se requieran para dichos efectos, de acuerdo ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2154962-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Reconforman el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres y la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 054-2023-A-MDMM Magdalena del Mar, 17 de febrero de 2023EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR; VISTO: El Informe N° 0013-2023-SGGRD-GDU- MDMM de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Memorándum N° 65-2023-GDUO-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, el Informe N° 059-2023-OGAJ-MDMM de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 185-2023-GM-MDMM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley N 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de políticas componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 3 del artículo 14 de la acotada norma, establece que Los gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Esta función es indelegable; Que, el artículo 17 del Decreto Supremo N° 048- 2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664, señala que la máxima autoridad ejecutiva de cada entidad pública de nivel Nacional, los Presidentes Regionales y los Alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres para la formulación de normas y planes, evaluación, organización, supervisión, fi scalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia, esta función es indelegable. Los grupos de trabajo están integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad pública o gobierno su nacional; Que, los numerales 1 y 3 del artículo 19 del citado Reglamento, prescribe que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación y establece que el Presidente del Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas; Que, el numeral 1 del Capítulo VII de la Directiva N° 001-2012 – PCM/SINAGERD “ Los Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobado con Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM, señala que, los titulares de las entidades públicas de nivel nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen los GTGRD mediante la expedición de la Resolución o norma equivalente, según corresponda; Que, el numeral 6.1.3 de los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil” dictados por el Instituto Nacional de Defensa Civil” aprobado con Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM, señala que, el Alcalde constituye, preside y convoca la Plataforma de Defensa Civil, conformada por las entidades privadas, organizaciones sociales humanitarias, entidades públicas con representación en el ámbito distrital, promoviendo su participación en estricta observancia a los derechos y obligaciones que le con fi ere la Ley; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 151-2019-A-MDMM de fecha 23 de mayo del 2019, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 05 de junio del 2019, se conforma el Grupo de Trabajo para la Gestión de Riesgo de Desastres y la Plataforma Distrital de Defensa Civil de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, mediante Informe N° 0013-2023-MDMM- SGGRD, de la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y el Memorando N° 65-2023-GDUO- MDMM, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, se comunica que resulta necesaria la recomposición del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres y la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, a fi n de poder articular con los entes técnicos de SINAGERD, una buena respuesta ante la ocurrencia de desastres y/o fenómenos adversos dentro del distrito de Magdalena del Mar, mediante la formulación articulada de normas y planes, evaluación, organización y supervisión, fi scalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres; así como para implementar mecanismos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación; Que, mediante Informe N° 059-2023-OGAJ-MDMM de fecha 16 de febrero de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, concluye que se debe proceder a emitir el acto administrativo que declare la composición del GRUPO DE TRABAJO DE LA GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES-GTGRD y PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL – PDC, DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR, para la prosecución de las acciones pertinentes del caso para la implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; Que, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de sus facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;