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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2023 (04/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 54

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Martes 4 de julio de 2023 El Peruano / Que, asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica en el informe referido en el párrafo anterior, señala que el literal a) del numeral 9.6 de la Directiva de Esquemas Promocionales establece que el acceso libre de costo en forma temporal para los servicios adicionales autorizados contenidos en el Anexo Nº 03, sea cual fuere su clasi fi cación por nivel de complejidad tecnológica o naturaleza de intervención, incluso para aquellos que se aprueben con posterioridad a la publicación de la referida directiva, se considera con una e fi cacia anticipada desde el 01 de enero de 2021; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004- 2016- PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y el Decreto Supremo N.º 005- 2016-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el contenido del Anexo Nº 2 denominado “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a los que resultan aplicable los Esquemas Promocionales”, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/DE y modi fi catorias, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, la cual será publicada en el portal del ITP. Artículo 2.- Modi fi car el contenido del Anexo Nº 3 denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/DE y modi fi catorias, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, el cual será publicado en el portal institucional del ITP y al cual le resulta aplicable la e fi cacia anticipada señalada en la Directiva N° 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP”. Artículo 3.- Disponer que los servicios adicionales con estado de incorporados, contenidos en el Anexo Nº 3 de la presente Resolución, tienen como fecha de vigencia hasta el 11 de setiembre de 2023 para ser prestados en aplicación del régimen de incentivos dispuesto por la Directiva de Esquemas Promocionales. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación de los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, realice las acciones correspondientes para la actualización del Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP - SSIPRO. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO RODRÍGUEZ SORIA Director EjecutivoInstituto Tecnológico de la Producción 2192107-1RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0470-2023-RE Lima, 3 de julio de 2023VISTOS: La Memoranda (DGM) N° DGM00644/2023, DGM00802/2023 y DGM00830/2023, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 24 de mayo, 19 y 27 de junio de 2023, respectivamente; las Hojas de Trámite (GAC) N° 2101, 2482 y 2611, del Despacho Viceministerial, de 26 de mayo, 20 y 27 de junio de 2023, respectivamente; el Memorándum (OPP) N° OPP01421/2023 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 28 de junio de 2023, que otorga la certi fi cación presupuestal al presente viaje; el Memorándum (OSB) N° OSB01418/2023 de la O fi cina de Servicios y Bienestar del Personal, y su proveído, ambos de 28 de junio de 2023; y, el Memorándum (OAP) N° OAP01900/2023, de la O fi cina de Administración de Personal, de 28 de junio de 2023: CONSIDERANDO: Que, en el marco del proceso preparatorio de la IV Cumbre de Países Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica – OTCA (Belem do Pará, Brasil, agosto, 2023), se llevarán a cabo las siguientes reuniones en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 6 al 8 de julio de 2023: - Reunión político-diplomático a nivel de las Cancillerías (6-7 de julio); y, - Reunión técnico-cientí fi ca dirigida por los Ministros del Ambiente (7-8 de julio). Que, el Perú despliega esfuerzos para la protección y el desarrollo sostenible e inclusivo de la Amazonía en el marco de la OTCA, organización que tiene por objetivo facilitar el cumplimiento del Tratado de Cooperación Amazónica (TCA), suscrito en 1978, y que reconoce el carácter transfronterizo de la Amazonía; Que, la misión de la OTCA como espacio permanente de cooperación, intercambio y conocimiento es reducir las asimetrías entre sus miembros, mientras coadyuva a los procesos nacionales de progreso económico-social para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Amazonía. La OTCA actúa bajo el principio del desarrollo sostenible, es decir el equilibrio entre progreso y protección del medio ambiente; Que, bajo esa premisa, resulta importante que el Perú continúe con su rol y participación dentro de esta organización, tanto a nivel político-diplomático como técnico, para el logro de resultados que redunden en bene fi cios de la población amazónica peruana y de la Amazonía en su conjunto; Que, la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA) es presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores en la persona de la Directora de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales; Que, por lo anteriormente expuesto, se estima importante la participación de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Carmen del Rocío Azurin Araujo, Directora de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, y del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Juan Pablo Tello Calmet, Subdirector de Asuntos Sociales 1, de la Dirección para Asuntos Sociales, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales, y