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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2023 (11/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Martes 11 de julio de 2023 El Peruano / ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que modifica el Anexo I del Decreto Supremo N° 095-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del Año 2023 y dicta otras disposiciones DECRETO SUPREMO Nº 148-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal; el mismo que es denominado como Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) es una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional, el cual tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y efi ciencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el fi nanciamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; y, por objetivos especí fi cos el mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales. Asimismo, dispone que los criterios, lineamientos y procedimientos para la distribución del incentivo, así como los requisitos y metas que deben cumplir para que los gobiernos locales accedan al referido Programa de Incentivos son establecidos mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 095-2023-EF se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023 y se dictan otras disposiciones; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 095-2023- EF aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023, y siete (7) Anexos, los mismos que forman parte integrante del mencionado Decreto Supremo; Que, el Anexo I del Decreto Supremo Nº 095-2023- EF establece los compromisos, indicadores y metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) que deben cumplir las municipalidades en el año 2023, entre otros, para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados y 3.2: Porcentaje de residuos sólidos orgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Residuos Sólidos sostenible; Que, el Anexo II del Decreto Supremo Nº 095-2023- EF establece las fi chas técnicas de los indicadores de los compromisos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) que deben cumplir las municipalidades en el año 2023, estableciéndose, entre otros, los cortes de medición (Corte 1, Corte 2 y meta anual), plazo de registro y porcentaje mínimo de avance de la meta anual para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados y 3.2: Porcentaje de residuos sólidos orgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Residuos Sólidos sostenible; Que, por lo expuesto, resulta necesario modi fi car el Anexo I del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023 y dicta otras disposiciones, a fi n de incorporar, en el Tramo II, las metas del Corte 1, Corte 2 y las metas anuales para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados y 3.2: Porcentaje de residuos sólidos orgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Residuos Sólidos sostenible, con el objetivo de que las municipalidades puedan realizar un correcto cumplimiento de los indicadores antes mencionados relacionados a la gestión de residuos sólidos, así como realizar una correcta evaluación en cada uno de los cortes que se establecen en los Anexos I y II del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF; De conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Modi fi cación del Anexo I del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF Incorporar, en el Tramo II, las metas del Corte 1, Corte 2 y las metas anuales para los indicadores 3.1: Porcentaje de residuos sólidos inorgánicos municipales valorizados y 3.2: Porcentaje de residuos sólidos orgánicos municipales valorizados del Compromiso 3: Implementación de un Sistema Integrado de Manejo de Residuos Sólidos sostenible en el Anexo I “Compromisos, indicadores y metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) que deben cumplir las municipalidades en el año 2023” del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023 y dicta otras disposiciones, conforme al Anexo “Modi fi cación del Anexo I del Decreto Supremo Nº 095-2023-EF”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2194774-3 Nombran a profesionales en el puesto de Ejecutivo Secretario Relator de Sala Especializada del Tribunal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 253-2023-EF/10 Lima, 7 de julio del 2023